Impuesto a las emisiones de CO2 de los vehículos: ya se puede consultar la cuota y el periodo de pago
Desde el 1 de septiembre se puede consultar el padrón definitivo de vehículos del ejercicio 2021 y la cuota a pagar en la web de la Agencia Tributaria de Cataluña
La Agencia Tributaria de Cataluña (ATC) ha publicado el padrón definitivo correspondiente al ejercicio 2021 de todos los vehículos que tributan por el impuesto sobre las emisiones de CO2, que el Gobierno catalán implantó el año pasado.
Como medida de apoyo a la ciudadanía, y ante la actual coyuntura, la Generalitat de Catalunya ha congelado las tarifas del impuesto y no las ha incrementado tal como estaba previsto por ley en este ejercicio.
Las tarifas del impuesto se han congelado y no se aplica el incremento previsto por ley para este ejercicio
Los contribuyentes pueden consultar los datos del padrón definitivo y la cuota que tienen que pagar en la sede electrónica de la ATC, accediendo con el NIF y la matrícula (para un vehículo concreto) o con identificación digital, utilizando idCAT Mòbil u otro certificado digital, que permite visualizar todos los vehículos de los que se es titular.
Fechas y canales de pago
Los vehículos que tienen el pago domiciliado recibirán un cargo en cuenta del 7.11.2022 al 21.11.2022.
Con respecto a los vehículos que no lo tienen domiciliado:
- Si ya tributaron el año anterior, pueden liquidar el impuesto hasta el día 21.11.2022. Para facilitar el pago de los vehículos que ya constaban en el padrón el año anterior, el titular recibirá en su domicilio un escrito recordatorio, junto con una carta de pago con el importe a ingresar.
- Los vehículos de nueva tributación tienen que pagar según la fecha que se indique en la notificación que recibirán en su domicilio.
Si no se ha domiciliado el pago, se puede pagar a través de la sede electrónica de la ATC, en el teléfono 012, en el teléfono de L’ATC us truca (93 551 51 51), en entidades financieras colaboradoras, en las oficinas de Correos, y en todas las oficinas y delegaciones de la ATC, con cita previa.
En caso de que, al recibir la notificación para pagar el impuesto, se encuentre algún dato incorrecto, los contribuyentes pueden interponer un recurso accediendo a la página de consulta del padrón (atc.gencat.cat/co2padro) con NIF y matrícula o, también, con idCAT Mòbil u otro certificado digital.
¿Quién tributa por el impuesto?
Tienen que pagar el impuesto las personas físicas y jurídicas que durante el año 2021 han tenido domicilio fiscal en Cataluña y han sido titulares de un vehículo (turismo, furgoneta o motocicleta). También están obligadas las personas jurídicas sin residencia fiscal en Cataluña pero que, durante el año 2021, han tenido un establecimiento, sucursal u oficina y han sido titulares de algún vehículo domiciliado en Cataluña.
¿Quién está exento?
Están exentos de pago los vehículos 100% eléctricos, los ciclomotores, los camiones o vehículos de más de 3,5 toneladas, los autocares, los vehículos autorizados a transportar a más de 9 personas (incluyendo el conductor) y los vehículos adaptados para la conducción de personas con movilidad reducida. Los vehículos con matrícula de vehículo histórico y los vehículos clásicos disfrutan de una bonificación del 100% de la cuota íntegra y, por lo tanto, tampoco tributan. Asimismo, no tienen que pagar el impuesto los titulares de vehículos que, conjuntamente, no superen los 6 euros de cuota a ingresar.
¿A dónde va la recaudación?
Todo lo que se recauda con el impuesto se destina íntegramente al Fondo Climático y al Fondo del Patrimonio Natural, y retorna a las personas a través de la inversión en acciones para mejorar el medio ambiente; fomentar la movilidad sostenible y la transición energética con la instalación de placas solares o calderas de biomasa; prevenir incendios forestales y adaptar los bosques a la emergencia climática; conservar los parques naturales; renovar la red de radares del Servicio Meteorológico de Cataluña para predecir fenómenos extremos, e impulsar la investigación y la innovación empresarial para mitigar el cambio climático.
Canales de atención a disposición de la ciudadanía
- Sede electrónica de la ATC: toda la información sobre el impuesto, asistente virtual, consulta del padrón, pago, domiciliación y otros trámites relacionados atc.gencat.cat/impostco2.
- Teléfono 012. Consultas de carácter general y pago automatizado.
- L’ATC us truca (93 551 51 51). Teléfono de asistencia en la tramitación.
- Oficinas de la ATC. Únicamente con cita previa: atc.gencat.cat/citaprevia.
Para saber más, se puede visitar la web impostco2.gencat.cat.