Los 15 minutos de cortesía para fichar al inicio de la jornada laboral cuentan como tiempo trabajado
Según una resolución del Tribunal Supremo, que también determina el desayuno como "tiempo de trabajo efectivo"
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha resuelto que los hasta 15 minutos de cortesía para marcar el inicio de la jornada laboral son legales al considerarlo "tiempo de trabajo efectivo", según recopilación en la sentencia. El alto tribunal matiza que es aplicable para el personal que tenga "control rígido de horario" y no ejerza responsabilidades a la compañía o tenga empleados a cargo. La resolución también apunta como tiempo trabajado el espacio para desayunar del personal. Se trata de una decisión a raíz del conflicto entre CaixaBank y CCOO, UGT y el Sindicato de Empleado de CaixaBank (SECB) para aplicar el registro de la jornada y que desestima el recurso presentado por la empresa.
La sentencia, que anula parte de otra previa de la Audiencia Nacional y nace de los recursos de los sindicatos por incumplir el acuerdo colectivo de 1991 en materia de tiempo de trabajo, considera que es un derecho el tiempo para desayunar -que limita hasta 20 minutos- y que si el registro a la llegada al centro de trabajo se hace 15 minutos de la hora marcada se considera correcto.
El Supremo recuerda, de acuerdo con un dictamen de 2023, que se recomienda a las empresas disponer de una guía con "la obligación de garantizar que los trabajadores la conozcan perfectamente". En este sentido, sostiene que la elaborada por CaixaBank recogía que la hora de entrada era la definitiva e impedía disponer de los 15 minutos posteriores fueran considerados como "trabajo efectivo".
Por eso, la resolución apunta que el sistema de control de entrada y salida, incluidos en esta guía de la compañía, "pueden alterar aspectos de forma unilateral" de las condiciones de trabajo.