LLEIDA
Obligan a una leridana a devolver 4.000 € al SEPE por faltar al trabajo
El TSJC considera que cobró el paro de forma indebida al 'forzar' el despido por ausencias injustificadas
Un juzgado de Lleida le reconoció la prestación
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha obligado a una leridana a devolver más de 4.000 euros al Servicio Público de Empleo (SEPE) por haber faltado al trabajo de forma reiterada y sin justificación con el objetivo de ser despedida de forma disciplinaria y poder acceder a la prestación. La sentencia revoca la decisión tomada por el Juzgado de lo Social 1 de Lleida, que sí que reconoció este derecho a la trabajadora al considerar que desconocía que las faltas injustificadas al puesto de trabajo le negaban poder cobrar el paro. Sin embargo, el SEPE recurrió al TSJC, que ahora le da la razón al organismo estatal. Según la sentencia, que no es firme y puede ser recurrida al Supremo, la empleada trabajaba de forma parcial en una empresa de limpieza que la había amonestado en dos ocasiones por una falta grave por faltar de forma injustificada al trabajo. Según la empresa, en agosto de 2020 faltó tres días, en octubre, cuatro y en enero del año siguiente once días seguidos. Esta última ausencia provocó que la empresa decidiera enviarle una carta de despido disciplinario. Entonces, el SEPE le reconoció el derecho a percibir durante dos años la prestación de desempleo. Sin embargo, unos meses después, cuando ya estaba cobrando el paro, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social emitió un informe concluyendo que la mujer había incurrido en fraude de ley.
Según este informe, y que avala en su sentencia el TSJC, la trabajadora “buscó el despido de forma deliberada”. El tribunal señala que “forzó un despido disciplinario para ocultar su intención de cese voluntarial como real causa de la extinción del contrato, que no permite el acceso a la prestación por desempleo”. Ante esta situación, la mujer presentó una demanda contra el SEPE que fue estimada por el tribunal leridano, que ahora ha sido revocada por el TSJC. Tampoco ve acreditado que estas ausencias fueran por problemas de salud, al señalar que no hay informes médicos al respecto. En este caso, estima el recurso presentado por el organismo de empleo y considera que percibió de forma indebida 4.059 euros en prestaciones de desempleo, que deberá devolver en caso de que la resolución judicial sea firme.