LABORAL REFORMA
El subsidio por desempleo sube de 480 a 570 euros
Para las prestaciones reconocidas a partir de este mes. El aumento no beneficia a los 4.380 leridanos que lo cobran ahora
La reforma del subsidio por desempleo pactada entre Gobierno y sindicatos, que mejora la cuantía de la prestación, flexibiliza los requisitos para acceder a la misma y amplía el número de colectivos beneficiarios, entró ayer en vigor. A partir de ahora, el importe que reciban los beneficiario ascenderá al 95% del Iprem, unos 570 euros al mes, durante los primeros seis meses de cobro.
El medio año siguientes la prestación pasará a ser el 90% del Iprem (540 euros) y durante el resto del tiempo que dure el subsidio, hasta completar el máximo de 30 meses, será del 80% (480 euros) como se venía abonando hasta ahora. Estas sumas se pagarán solamente a los nuevos subsidios reconocidos a partir del 1 de noviembre, por lo que los 4.384 leridanos que actualmente se benefician de esta prestación continuarán percibiendo los 480 euros. También se mantiene en el 80% del Iprem el subsidio para los mayores de 52 años. Además, para este último colectivo se mantiene también la cotización por jubilación en el 125% de la base mínima vigente en cada momento.
La reforma facilita el acceso al subsidio para los menores de 45 años sin responsabilidades familiares, los trabajadores eventuales agrarios y quienes acrediten periodos cotizados inferiores a seis meses y carezcan de responsabilidades familiares. Además, se extiende a las víctimas de violencia de género y a los migrantes retornados. También se equiparan las cuantías de los subsidios causados por contrato a tiempo parcial con los de contrato a tiempo completo, un cambio que beneficia principalmente a las mujeres.
Los nuevos subsidios podrán compatibilizarse con un empleo a tiempo completo o parcial, cobrando parte de la ayuda durante un máximo de 180 días. Asimismo se mejora la accesibilidad a la ayuda al suprimir el mes de espera para presentar la solicitud una vez agotada la prestación contributiva y se reduce a un trimestre el periodo de reconocimiento. Las personas que cobren la prestación, no obstante, estarán obligadas a presentar la declaración del IRPF.