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Alerta de Hacienda: prohibido hacer estos pagos en efectivo a partir de ahora

La Agencia Tributaria refuerza el control sobre las operaciones en efectivo para combatir el fraude y el blanqueo de capitales

El pago en efectivo sigue siendo aún muy importante en tiendas.

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El uso del efectivo sigue siendo completamente legal y una forma de pago válida que ofrece ventajas como la rapidez y la privacidad en transacciones cotidianas. No obstante, la Agencia Tributaria está redoblando esfuerzos por controlar los movimientos de efectivo, ya que estas operaciones son más difíciles de rastrear y, en algunos casos, pueden facilitar el fraude fiscal o el blanqueo de capitales.

Límites en los pagos en efectivo

La Ley 7/2012, que regula las limitaciones en los pagos en efectivo, establece que no se pueden realizar pagos en efectivo iguales o superiores a 1.000 euros cuando alguna de las partes involucradas actúe como empresario o profesional. Este límite aumenta a 10.000 euros en caso de que el pagador sea una persona física que no tiene domicilio fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o profesional.

Además, esta normativa abarca el importe total de una operación aunque se fraccione en varios pagos, ya que para calcular los límites establecidos se suman todos los pagos relacionados con la misma transacción. La normativa considera efectivo no sólo el papel moneda y las monedas metálicas, sino también los cheques bancarios en el portador y cualquier medio físico o electrónico diseñado para ser utilizado como medio de pago directo por el portador.

Excepciones y obligaciones

Hay excepciones importantes, como los pagos realizados a través de entidades de crédito o las operaciones de cambio de moneda supervisadas por el Banco de España. Les partes intervinientes están obligadas a conservar los justificantes de las operaciones realizadas con medios diferentes al efectivo durante cinco años. Estos documentos tienen que presentarse ante la Agencia Tributaria si así se requiere, para demostrar que los pagos cumplieron con la normativa.

Denuncias y sanciones

Cualquier persona que detecte el incumplimiento de esta normativa puede denunciarlo ante la Agencia Tributaria en un plazo de tres meses desde la fecha de la operación. La denuncia tiene que detallar la operación, incluir el importe total pagado en efectivo e identificar la otra parte implicada. Es importante destacar que quien denuncie primero quedará exonerado de responsabilidad, pero si ambas partes presentan la denuncia simultáneamente, ninguna quedará exenta.

El incumplimiento de estas limitaciones está considerado como una infracción administrativa grave. Les sanciones pueden llegar al 25% del importe pagado en efectivo, y tanto el pagador como el receptor son responsables solidarios, lo cual significa que la Agencia Tributaria puede dirigirse contra cualquiera de ellos para aplicar la sanción correspondiente. La infracción prescribe a los cinco años desde que se cometió, mientras que las sanciones tienen un plazo de prescripción de cinco años a partir que se dicte y sea firme la resolución sancionadora.

Objetivos de la normativa

Con estas medidas, Hacienda busca reducir el uso fraudulento del efectivo, fomentar la transparencia y garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Estar informado sobre estas normativas no sólo permite evitar sanciones, sino también contribuir a la lucha contra el fraude fiscal.

En resumen, la Ley 7/2012 establece límites en los pagos en efectivo para transacciones superiores a 1.000 euros en el caso de empresarios o profesionales, y 10.000 euros para personas físicas no residentes. El incumplimiento de esta normativa puede comportar sanciones de hasta el 25% del importe pagado en efectivo, y tanto el pagador como el receptor son responsables solidarios. Las denuncias pueden presentarse ante la Agencia Tributaria en un plazo de tres meses desde la fecha de la operación. Estas medidas buscan combatir el fraude fiscal y promover la transparencia en las operaciones económicas.

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