El Ingreso Mínimo Vital 2025 sube un 9%: así se puede pedir la ayuda de hasta 1.449 euros de la Seguridad Social
Aumento significativo de la ayuda de hasta 1.449 euros mensuales para prevenir la pobreza y exclusión social
El Ingreso Mínimo Vital (IMV), la prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social, experimentará un notable incremento del 9% en 2025 tras la aprobación del decreto Ómnibus por parte del Gobierno. Esta medida de la Seguridad Social proporciona un nivel básico de ingresos a aquellas personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos suficientes para cubrir sus necesidades básicas.
Según ha informado Moncloa, el objetivo principal del IMV es asegurar la inclusión social y laboral de los beneficiarios, que actualmente rondan los 5.000 en la provincia de León. El aumento del 9% se aplicará tanto a las cuantías individuales como a las correspondientes a las unidades de convivencia, lo que supone un importante respiro económico para las familias más vulnerables.
¿Quiénes pueden ser beneficiarios del IMV?
El acceso al Ingreso Mínimo Vital puede realizarse de forma individual o como miembro de una unidad de convivencia. En el caso de las unidades de convivencia, estas están formadas por un conjunto de personas que residen en el mismo domicilio y están unidas entre sí por vínculo matrimonial, pareja de hecho, o parentesco hasta segundo grado de consanguinidad, afinidad o adopción. También se incluyen personas con las que se conviva por razones de guarda con fin de adopción o acogimiento familiar permanente.
Además de cumplir con los criterios económicos, los beneficiarios del IMV deben reunir ciertos requisitos que varían en función de si se solicita de forma individual o como representante de una unidad de convivencia. En general, pueden ser beneficiarios individuales las personas mayores de 23 años que no formen parte de una unidad de convivencia ni estén unidos por matrimonio o pareja de hecho, salvo en caso de estar en proceso de separación o divorcio. Existen excepciones para mujeres víctimas de violencia de género o trata de personas y explotación sexual, así como para jóvenes provenientes de centros de protección de menores o huérfanos absolutos.
Por otro lado, los titulares del IMV que soliciten la prestación en nombre de una unidad de convivencia deben tener al menos 23 años, aunque también pueden hacerlo los mayores de edad o menores emancipados que tengan hijos o menores a su cargo en régimen de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente. Es importante destacar que la solicitud debe ser firmada por todos los integrantes mayores de edad, y la persona solicitante representará a la unidad en todas las gestiones relacionadas con el IMV.
Cuantías del Ingreso Mínimo Vital en 2025
La cuantía del IMV se calcula como la diferencia entre la renta garantizada, fijada por ley, y otros ingresos que los beneficiarios puedan tener. Por lo tanto, solo se puede acceder a esta prestación si los ingresos son inferiores a la renta garantizada, y la cantidad recibida será la necesaria para que el beneficiario alcance este umbral económico. En el caso de las unidades de convivencia, se considerarán los ingresos de todos sus miembros.
Tras el incremento del 9% en 2025, la renta garantizada anual para un beneficiario individual ascenderá a 7.905,72 euros, lo que equivale a 658,81 euros mensuales. En cuanto a las unidades de convivencia, su renta garantizada se incrementa en un 30% por cada miembro adicional, hasta un máximo del 220% de una renta individual para unidades de 5 miembros o más. Esto supone una renta garantizada anual de 17.392,68 euros, o 1.449,39 euros al mes.
Además de estos límites, existen dos complementos que pueden aumentar la cuantía percibida. Por un lado, las unidades de convivencia monoparentales recibirán un 22% adicional de una renta garantizada individual. Por otro, si algún miembro de la unidad tiene un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%, se añadirá otro complemento de cuantía igual que el de monoparentalidad.
Adicionalmente, se otorgará un Complemento de Ayuda para la Infancia mensual por cada menor de edad miembro de la unidad de convivencia. Este complemento varía según la edad del menor al inicio del año para el que se otorga la ayuda: 115 euros para menores de 3 años, 80,50 euros para mayores de 3 años y menores de 6 años, y 57,50 euros para quienes tengan entre 6 y 18 años. Esta ayuda se extiende también a familias que, por renta, no puedan optar al IMV pero cumplan determinadas condiciones.
Actualización de la cuantía según circunstancias personales
La cuantía del Ingreso Mínimo Vital puede modificarse a lo largo del año si se producen cambios en las circunstancias personales de la persona titular o de algún miembro de la unidad de convivencia. Estos cambios tendrán efectos a partir del primer día del mes siguiente al del hecho que causó dicha modificación.
Además, la cuantía de la prestación se actualizará automáticamente cada 1 de enero, tomando como referencia los ingresos anuales reales del año anterior y realizando los ajustes correspondientes.
¿Cómo solicitar el IMV?
Existen varias vías para solicitar el Ingreso Mínimo Vital:
- Por internet, con certificado electrónico o Cl@ve, a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
- Por internet, sin certificado electrónico o sistema cl@ve, mediante el formulario especialmente habilitado por la Seguridad Social. En este caso, se requerirá documentación para verificar la identidad, incluyendo una fotografía y una dirección de correo electrónico.
- Presencialmente en los Centros de Atención e Información (CAISS) de la Seguridad Social.
Durante el proceso de solicitud, se deberán aportar diversos documentos que acrediten aspectos como la identidad, residencia, situación familiar o económica. Puede obtenerse más información sobre los medios de acreditación de estos requisitos en la sección correspondiente del portal de la Seguridad Social.
Nuevo teléfono gratuito para consultas sobre el IMV
Desde el 4 de noviembre de 2024, está disponible el teléfono corto 020 para informarse sobre el Ingreso Mínimo Vital. Esta línea de atención gratuita se suma al número actual de información 900 20 22 22, que seguirá en funcionamiento. La nueva línea ofrecerá información y asesoramiento personalizado sobre requisitos, solicitudes, documentación, procedimiento y trámites necesarios para acceder a la prestación.
En definitiva, el incremento del 9% en el Ingreso Mínimo Vital para 2025, junto con los complementos y ayudas adicionales, supone un importante avance en la lucha contra la pobreza y la exclusión social en España. Esta medida de la Seguridad Social permitirá a muchas familias y personas en situación de vulnerabilidad económica contar con un nivel básico de ingresos que les permita cubrir sus necesidades fundamentales y favorecer su inclusión social y laboral.