TRIBUNALES SENTENCIA
Condenado a pagar medio millón por un accidente laboral en Cappont
La Audiencia Provincial de Lleida ha condenado a dos años de cárcel y al pago de una indemnización de 511.062 euros a un empresario de la construcción por un accidente laboral que ocurrió en 2008 en Cappont, cuando dos trabajadores cayeron desde varios metros de una plataforma elevadora. Uno de ellos sufrió secuelas irreversibles que, según la sentencia, le obligan a depender de una tercera persona para todas las actividades básicas de la vida diaria. El tribunal ha confirmado la sentencia que impuso en su momento el juzgado de lo Penal número 1 de Lleida, desestimando el recurso de apelación interpuesto por la empresa constructora y estimando parcialmente el recurso interpuesto por el principal perjudicado, a quien le amplía la indemnización en 90.000 euros (alcanzando ahora un total de 511.062 euros), al considerar justo cubrir los perjucios morales a familiares, al necesitar el perjudicado cuidados y atención continuada.
Los hechos se remontan al 4 de junio de 2008, cuando dos trabajadores se subieron a una plataforma elevadora para cambiar piedras de la fachada de un edificio de la avenida de Barcelona al existir peligro de desprendimiento. Las víctimas se acercaron por motivos desconocidos a una zona con pendiente y la máquina volcó, cayendo los dos operarios al vacío desde varios metros de altura. Ambos sufrieron heridas de gravedad y el principal afectado quedó en situación de dependencia, por lo que le otorgaron la situación de ‘gran invalidez’.
La Audiencia condena al empresario a dos años de cárcel por un delito contra los derechos del trabajador
El tribunal considera probado que la causa del accidente fue una infracción por parte de la empresa en las normas de seguridad, en concreto, por la falta de formación en el uso de máquinas elevadoras del trabajador que la conducía y que fue el que sufrió las lesiones más graves.
Por su parte, la empresa constructora presentó un recurso alegando que la jueza no tuvo en cuenta otras pruebas de las que se desprende que el accidente tuvo lugar por una imprudencia del trabajador, que hizo una serie de maniobras inadecuadas, un recurso que la Audiencia ha desestimado. Por todo ello, el tribunal condena al constructor a dos años de cárcel por un delito contra los derechos de los trabajadores y al pago de la indemnización.