RELIGIÓN POLÉMICA
Ni burka... ni burkini
La catedrática de Derecho Eclesiástico de la Universitat de Lleida María Teresa Areces ha publicado un artículo en la Revista General de Derecho Canónico y Derecho Eclesiástico del Estado en la que se posiciona a favor de la ordenanza por la que un municipio francés prohibió el pasado verano el uso del burkini en sus playas y cuestiona los argumentos que utilizó el Consejo de Estado de este país para revocarla. Areces ya publicó hace dos años el libro “La prohibición del burka en Europa y España”, en el que concluía que el veto de esta prenda, que cubre totalmente el rostro de la mujer, o del niqab, que solo deja ver los ojos, no afecta al derecho a la libertad religiosa, porque su uso no está contemplado en los textos sagrados del Islam, el Corán y la Sunna, sino que obedece a una interpretación extremista destinada a oprimir a la mujer. Ahora, esta tesis también es básica en su posición sobre el burkini. “Únicamente se puede afirmar que se trata de una prenda de baño que visten algunas mujeres de religión islámica para cubrir su cuerpo de la mirada de los hombre, pero su origen no es religioso y, por lo tanto, su prohibición no puede vulnerar el derecho de libertad religiosa”, afirma. Al respecto, indica que “para ver cuál es el origen del traje de baño llamado burkini no tenemos que ir muy atrás en el tiempo, solo al año 2003, en que una libanesa que vivía en Australia, Aheda Zanettique, diseñó el primer burkini inspirándose en el burka y el bikini, de ahí su nombre”. “¿Cómo puede considerarse que la prohibición del burkini en las playas puede vulnerar el derecho de libertad religiosa cuando su origen no es religioso?”, añade.
En esta línea, también cuestiona abiertamente que las mujeres que llevan este tipo de traje de baño lo hagan por decisión propia, y apunta a la posibilidad de que lo hagan por imposición. “En nuestra opinión, dudamos de que las mujeres que portan el traje de baño llamado burkini, en su mayoría, gocen de esa libertad que requiere el hecho de poder decidir sobre su porte”, acaba sentenciando.
Areces dice que los textos sagrados del Islam no imponen esta vestimenta, que ve denigrante
Este pilar básico de la argumentación de Areces es totalmente opuesto al fundamento de la sentencia con la que el Tribunal Supremo anuló en su día la ordenanza de la Paeria que prohibía el uso del burka y a la del Consejo de Estado de Francia que hizo lo propio con la ordenanza del ayuntamiento de Villeneuve-Loubet que este verano vetó el burkini en sus playas. “Niego la mayor, no es una cuestión religiosa”, manifestó en declaraciones a este diario. “Lo único que dicen los textos sagrados del Islam es que la mujer debe vestir con pudor, pero una cosa es el pudor y otra muy diferente el burka o el burkini”, aseveró.
En otro orden, al abordar la cuestión del burkini, Areces recuerda que el veto por parte de este municipio francés tuvo lugar pocos días después de atentado islamista radical de Niza en el que murieron 85 personas y de otro ataque del mismo signo que costó la vida a un sacerdote y que, justo después, el uso del burkini se multiplicó. Por ello considera que el Consejo de Estado, al revocar este veto, ignoró “las emociones y los sentimientos de los ciudadanos franceses”.