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IMPUESTOS TRIBUNALES

Siete sentencias anulan la plusvalía en Lleida al no haber ganancia al transmitir la finca

Los fallos, que son firmes, dan validez a informes periciales que acreditan la pérdida de valor || La crisis ha disparado estos casos, pero la Paeria, que asegura cumplir la ley, les gira igualmente el recibo

Siete sentencias anulan la plusvalía en Lleida al no haber ganancia al transmitir la finca

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El juzgado de lo Contencioso administrativo de Lleida ha anulado la plusvalía municipal en al menos siete casos en el último año, al considerar que su cobro no está ajustado a derecho porque no hubo incremento de valor de la finca. Se trata de una problemática que ha ido a más en los últimos años, con la fuerte caída del precio de la vivienda y el suelo como consecuencia de la crisis inmobiliaria, combinado con el fuerte aumento de los valores catastrales a raíz de su revisión en 2005.

Ello está provocando una situación hasta ahora insólita: que una vivienda comprada, por ejemplo, en 2006 y vendida o heredada en 2015 no genere un incremento patrimonial, sino pérdidas. En estos casos, el ayuntamiento, que asegura cumplir estrictamente la ley estatal, gira igualmente el recibo. La situación afecta también a las daciones en pago a bancos para saldar un crédito, ya sean a cargo de particulares como de promotores.

La Justicia estima que si no hay incremento de valor no puede aplicarse el cálculo del impuesto

Las sentencias, que citan jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia y son todas ellas firmes, abundan en el mismo argumento: No pueden aplicarse las reglas para el cálculo del impuesto que prevé la ley –basado en los valores catastrales– cuando no hay incremento patrimonial. “La piedra angular de la cuestión es, como en todo tributo, el hecho imponible, y este es el incremento de valor que se pone de manifiesto en una transmisión. Si no hay incremento de valor, el gravar con independencia de ello suprondría ‘inventar’ un impuesto, pervirtiendo la regulación”, reza una de las sentencias.

No obstante, este criterio no se aplica de forma automática, sino que es necesario probar que no existe este incremento patrimonial, por ejemplo aportando un informe pericial que pruebe que el precio de venta se corresponde con el valor de mercado y que es inferior al del momento de la compra. Si no queda acreditado, se da por buena la liquidación practicada por el ayuntamiento.

Los importes de las plusvalías anuladas son muy variables en función del caso. En una de las sentencias perdidas por la Paeria, fechada el pasado 21 de julio, la empresa Vivendes i Esplais SL evitará el pago de la liquidación de la plusvalía por importe de 126.288,78 € por la venta de una finca en Lleida a Cimalsa. En otros casos, las cifras son muy inferiores.

En los últimos tres ejercicios, la Paeria ha ido rebajando los valores catastrales a efectos de la plusvalía, lo que, junto a la estabilización del mercado inmobiliario, hará que esta problemática vaya yendo a menos. Así, en 2015 los valores se rebajaron un 17%; en 2016, un 18%, y este año otro 8%.

La Paeria ve necesario un cambio de la ley, que es estatalEl ayuntamiento de Lleida remarcó ayer que está obligado a liquidar las plusvalías tal como dice la ley de Haciendas Locales y que “no puede dejar de hacerlo ni hacerlo de otra manera”. En los casos en los que hay una resolución judicial firme que anula o modifica las liquidaciones, se cumple la sentencia y se retorna el dinero si así corresponde, añadió. “El tema de fondo, cuya resolución no depende del ayuntamiento, es una regulación del impuesto de plusvalía que a veces no resulta adecuada a la realidad de un mercado inmobiliario cuando los precios bajan. La solución es una modificación de la ley”, afirma la Paeria.

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