SEGRE

TRIBUNALES SENTENCIA

Condenan a Sada a pagar 93.000 euros a un autónomo por despedirle

El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya reconoce la existencia de una relación laboral || Si no lo indemniza, debe readmitirle por ser un despido improcedente

 Imagen de archivo del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya.

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La Sala Social del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TJSC) ha condenado a Sada Catalunya a indemnizar a un autónomo leridano con 93.352,13 euros o a readmitirle por despido improcedente. El tribunal revoca de esta forma la sentencia en primera instancia del juzgado de lo Social 1 de Lleida y estima el recurso presentado por el operario, representado por el abogado Julio Olano.

El hombre trabajaba como autónomo desde el año 1992 para Copaga y tenía una retribución periódica. En el año, 2000, Sada adquirió Copaga y se mantuvo trabajando para la firma, que en diciembre de 2015 lo despidió sin alegar causa alguna. El hombre demandó a Sada y a Fogasa (Fondo de Garantía Salarial) al considerar que existía una relación laboral. Sin embargo, el juzgado de lo Social 1 de Lleida absolvió a la empresa y a Fogasa. El operario recurrió ante el TSJC, que recientemente la ha dado la razón. El tribunal estima su demanda “al haber quedado probado la existencia de una relación laboral”. Para ello, ha analizado los aspectos e indicios que determinan la tipología de relación laboral como son la dependencia, jornada, horario y lugar de trabajo, retribución, exclusividad y asiduidad. En este caso, y según la sentencia, se afirma que el operario “estaba insertado en el círculo organizativo de la empresa, por cuanto acudía diariamente y prestaba servicios en régimen de casi exclusividad”. El mismo tribunal afirma que “en la lista de fichajes se ve como acudía en horarios muy próximos a la empresa tanto por la mañana como por la tarde y de lunes a viernes”. También se ha comprobado, según el fallo, que “estaba sometido a un control de las facturas (...) y su trabajo se desarrollaba según las órdenes de Sada”. Por todo ello, determina que fue despedido de forma improcedente y obliga la empresa a indemnizarle o a readmitirle.

Piden el paro por aquellos casos con cese de actividad? La mayoría de los partidos políticos pedirán que la nueva ley del autónomo incluya el derecho de prestación o paro por cese de actividad a los autónomos económicamente dependientes (Trade), aquellos cuyos ingresos dependen en un 75 % de un solo cliente. PSOE, Unidos Podemos y PDeCAT, entre otras formaciones, registrarán enmiendas para aumentar la protección social de los Trade y mejorar sus condiciones. La nueva ley prevé extender la tarifa plana de 50 euros a los 12 meses para nuevos autónomos o en dificultades.

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