TRIBUNALES
Dos años de cárcel por abusar de una joven e intentarlo con una niña
La Audiencia de Lleida le aplica la atenuante de alteración psicológica y rebaja a coacciones el asalto a la menor || La Fiscalía solicitó una condena de 6 años
La Audiencia de Lleida ha condenado a dos años de prisión a un vecino de la capital por agredir sexualmente a una mujer e intentarlo con una niña de 14 años en julio de 2015 en Balàfia y Cappont. La sala considera probado que el acusado tenía una alteración psicológica en el momento de los hechos, por lo que le aplica la atenuante solicitada por la defensa. El condenado fue juzgado el pasado 22 de marzo y la Fiscalía solicitaba que se le impusiera una condena de nueve años de cárcel por un delito de agresión sexual y otro de abuso sexual a una menor de 16 años, petición que rebajó a seis años de prisión tras finalizar la vista oral.
Finalmente, la Audiencia le impone una pena de un año y medio de cárcel por agredir sexualmente de una joven de 21 años la noche del 5 de julio de 2015. En el momento de los hechos, la víctima estaba sentada junto a una amiga cuando se les acercó el acusado y las persiguió. El hombre, de origen chino, logró alcanzar a la joven, a la que derribó sobre un banco y le hizo tocamientos por debajo de la ropa. Cuando este intentaba bajarse la bragueta, la chica logró huir y pedir ayuda. Al día siguiente, el agresor se abalanzó sobre una menor que estaba sentada en la plaza Blas Infante de Cappont. La agarró por detrás y le tapó la cara mientras intentaba levantarla para llevársela. Los gritos de la menor alertaron a un grupo de trabajadores de un supermercado que auxiliaron a la víctima, mientras que el acusado fue arrestado por un mosso fuera de servicio que estaba por la zona.
Sin embargo, la Audiencia considera que el asalto a la menor no fue un abuso sexual en grado de tentativa, ya que considera que no hay pruebas suficientes de que el acusado intentara llevarse a la menor para agredirla sexualmente como había hecho el día anterior con la otra joven. Asimismo, señala que la menor no sufrió tocamientos y que el acusado no le dijo ni una palabra. Por esto, le considera culpable de un delito de coacciones, por lo que le impone una pena de prisión de seis meses. El condenado, actualmente interno en la Modelo, no podrá acercarse a las víctimas entre un año y medio y tres años y también deberá cumplir tres años de libertad vigilada.