TRIBUNALES DENUNCIAS
Archivan un fraude de una santera porque la víctima debió preverlo
Le pagó 13.700 euros para deshacer un “mal de ojo” tras su separación || La Audiencia tilda el engaño de “burdo” y no cree que la denunciada se aprovechara
La Audiencia de Lleida ha archivado una denuncia contra una santera acusada de estafa al considerar que, al contactar con ella la víctima para solventar su ruptura matrimonial a través de unos hechizos, no se aprovechó de ella ni de su debilidad, que, añade, no ha quedado acreditada. De esta forma, confirma el sobreseimiento de las actuaciones que ya decretó el Juzgado de Instrucción 3 de Balaguer, con el apoyo de la Fiscalía.
La víctima recurrió esta decisión al considerar que la santera la engañó haciéndola creer que mediante sortilegios y otros conjuros podría resolver sus problemas sentimentales y contrarrestar los hechizos que, según decía, le había hecho a ella una persona de su entorno familiar. La denunciante llegó a entregarle un total de 13.712 euros. La denuncia incluye que la santera se aprovechó de que la víctima había sufrido una separación matrimonial y la convenció para deshacer el “mal de ojo” a través de hechizos y conjuros para los que eran necesarios una serie de sacrificios y ofrendas por las que debía pagar ciertas sumas de dinero. Sin embargo, sus problemas sentimentales no se solucionaron.
La víctima pagó a la santera para deshacer un ‘mal de ojo’ que supuestamente le había hecho algún familiar
En este sentido, la Audiencia rechaza que en este caso haya un delito de estafa al calificar de “burdo e inadmisible” el engaño. Añade que no se llega a probar la vulnerabilidad que se otorga a la víctima, como pudiera ser su falta de formación, incultura o déficits intelectuales. Para argumentar el archivo, el tribunal señala que una cosa es quien se sirve de la magia o el ocultismo para cobrar a terceros por la prestación de sus servicios y otra quien se aprovecha de la credulidad o ignorancia de un tercero para convencerle de que la intervención del médium es necesaria para acabar con sus problemas. De esta forma, la Audiencia afirma que la actuación de la santera no se puede atribuir a una conducta delictiva sino “a su particular forma de entender una realidad” que quería cambiar con conjuros.
Otra vidente fue absuelta por este tribunal por el mismo motivo La Audiencia de Lleida ya dictó una sentencia pionera en 2015 que absolvió a una vidente que había sido condenada por estafa. En este caso, el juzgado de lo Penal 1 de Lleida impuso dos años de prisión a la vidente por quedarse y después revender una pulsura de oro y dos anillos de un cliente al que aseguró que necesitaba estas joyas para llevar a cabo un ritual amoroso. Sin embargo, la Audiencia anuló esta condena y absolvió a la vidente al considerar que “la sola explicación del supuesto conjuro resulta tan absurda como incríeble”, y tampoco vio vulnerabildiad por parte de la víctima, que tenía la misma formación cultural que la acusada. Como en el caso de Balaguer, la Audiencia recordó entonces que la confianza en la magia “no puede recabar la protección del derecho penal”.