Aprueban la norma que veta las antenas y tender ropa en fachadas
Los aparatos de aire acondicionado tampoco podrán ser visibles
La comisión de Urbanismo aprobó ayer por consenso la nueva ordenanza de Paisaje, que entre otros puntos prohíbe extender ropa en la fachada o en lugares que sean visibles desde la calle e instalar antenas en ventanas, balcones o en la fachada de los edificios.
Asimismo, los aparatos de aire acondicionado no podrán sobresalir de la fachada y sólo se podrán ubicar en balcones de forma que no sean visibles. La normativa veta la instalación de antenas en edificios catalogados y en los situados en un radio de treinta metros de manera que “modifiquen su configuración exterior”. También limita la instalación de letreros publicitarios, que no podrán ocupar más del 10 por ciento del tramo de la fachada de la planta baja que ocupan el local y tendrán que estar a un mínimo de 2,5 metros de altura.
Los carteles de venta o alquiler tampoco podrán sobresalir de la fachada y si superan el metro cuadrado de superficie necesitarán un permiso municipal. La norma incorpora alegaciones del Comú para la protección paisajística de los parques urbanos y de las Basses vetar la publicidad sexista y de prostíbulos.
En otro orden de cosas, la comisión aprobó la propuesta del grupo de Ciudadanos que insta a proceder a la limpieza de las vías de entrada en la ciudad, especialmente de las cunetas.
Ciudadanos destacó que también se aprobó su petición de estudiar habilitar un servicio de parking cerrado para bicis y patinetes. Además, el gobierno comunicó al grupo de la Crida que muy pronto colocará, como había pedido, una placa en Gardeny en homenaje a los prisioneros que construyeron el antiguo cuartel en régimen de trabajos forzados durante los primeros años del franquismo.
- Periodo de transición. En lo referente a antenas y aparatos de aire acondicionado, la norma ya será de obligado cumplimiento para nuevos edificios. Para los existentes, da diez años para adaptarse. Para letreros, terrazas, toldos y persianas, el plazo es de cinco años.
- Terrazas. La ordenanza también regula las condiciones que tienen que cumplir las terrazas de bares.
- Grafitis. Podrán hacerse como expresión artística, pero con permiso municipal. Las pintadas, no.