TRIBUNALES SENTENCIA
Le deniegan la nacionalidad española por no estar suficientemente “integrada”
La Audiencia Nacional ha denegado la nacionalidad española por residencia para una vecina de Lleida de 39 años y nacida en Mali.
La mujer presentó un recurso contencioso ante la Audiencia Nacional después de que el ministerio de Justicia denegara la petición tras el infrome desfavorable del Registro Civil al considerar que “no se ha justificado suficiente grado de integración en la sociedad española respecto a lo previsto en el Código Civil”.
La mujer argumentó que disponía del permiso de residencia desde el año 2002, sus hijos han nacido en la capital del Segrià y tienen nacionalidad española y que hay diferentes circunstancias que de muestran un “suficiente grado de integración”.
Sin embargo, la Audiencia Nacional considera que todos estos aspectos “no son suficientes para colamar el requisito exigido para la concesión de la nacionalidad española, evidenciando aspectos esenciales del país del que quiere ser nacional” y que “la integración constituye un requisito legal exigible”.