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TRIBUNALES SENTENCIA

Doce años de prisión por violar a su hijastra a diario durante seis años

La dejó embarazada y la llevó a una clínica para que abortara cuando tenía 13 años || Fiscalía pidió una pena por abusos y no por agresión sexual al no ver violencia

El condenado durante el juicio que se celebró el pasado 3 de abril en la Audiencia de Lleida.

El condenado durante el juicio que se celebró el pasado 3 de abril en la Audiencia de Lleida.SEGRE

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La Audiencia de Lleida ha condenado a doce años de prisión y otros diez de libertad vigilada a un vecino de Lleida de 51 años, W.C.Q., por violar de manera continuada a su hijastra durante seis años, cuando ella tenía entre 10 y 16 años, y a la que incluso hizo abortar tras dejarla embarazada. El tribunal condena al hombre por un delito continuado de abusos sexuales después de que en el juicio la Fiscalía rebajara su petición de 15 años a 12 de cárcel al no tipificar los hechos como un delito continuado de agresión sexual porque no vio acreditado por no ver acreditada la violencia.

La Audiencia considera probado que el acusado “aprovechando que su esposa se encontraba fuera del domicilio familiar, procedió en varias ocasiones a abusar de si hijastra, (...) que al principio no sabía cómo reaccionar debido a su edad, diciéndole el acusado que lo que hacían era algo normal y que no dijera nada, pasando tiempo después cuando ya era más mayor a mostrar su oposición a los actos sexuales del acusado, si bien éste no hacía caso y continuaba realizándolos”. La víctima padece “un estado ansioso-depresivo, requiriendo aún en la actualidad una intervención terapéutica semanal de larga duración”. Los magistrados consideran que el relato de la víctima fue “plenamente creíble”. La joven, que ahora ya es mayor de edad, explicó que los abusos comenzaron cuando llegó a Lleida procedente de Bolivia y que fueron siendo más graves hasta consumarse relaciones completas. También señaló que nunca le contó nada a nadie por “vergüenza” y porque “tenía miedo de lo que pudiera pasar”. En cambio, el acusado negó todos los hechos y solo reconoció que la llevó a una clínica para abortar porque se había quedado embarazada de otro hombre. Sin embargo, la letrada del acusado consideró que su cliente era responsable de un delito de abusos sexuales.

La Audiencia, además de la pena de cárcel, también le imponen un orden de alejamiento y comunicación con la víctima durante 13 años, la deberá indemnizar con 20.000 euros por daños morales y le retira durante seis años la patria potestad de las dos hijas que el hombre tiene con la madre de la víctima. La sentencia no es firme.

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