TRIBUNALES SENTENCIA
Reducen la pena a un ladrón por usar “mínima violencia”
La Audiencia rebaja en un año y seis meses la condena || El acusado intimidó a la dependienta y huyó al entrar un cliente
La Audiencia de Lleida ha rebajado la condena a un ladrón por un intento de robo en un establecimiento de la capital del Segrià al considerar que actuó solo, sin ningún tipo de arma y que la intimidación ejercida no fue grave. De esta forma, admite el recurso presentado por la defensa del acusado y rebaja la pena impuesta en primera instancia de 2 años y 10 meses a un total de 16 meses, lo que supone una reducción de la pena en un año y seis meses. El Juzgado de lo Penal 3 de Lleida consideró probado que el acusado entró en un establecimiento tapándose la cara con un “buff” para evitar ser identificado y se dirigió a la cajera diciéndole “esto es un atraco, dame todo el dinero que tengas, no te muevas y no te pasará nada”. En ese momento, la dependienta intentó razonar con él y cuando se disponía a accionar el botón de alarma, el acusado la cogió de los brazos para impedirlo. Finalmente, al entrar un cliente en la tienda, el hombre huyó sin perpetrar el robo.
A criterio de la Audiencia, no hay duda de que el acusado fue el autor del intento de robo. Para ello, se basa en las grabaciones de las cámaras de seguridad y en la declaración de la víctima y el cliente que estaba en la tienda en el momentos de los hechos, que facilitaron una descripción del asaltante a los Mossos d’Esquadra, que lo detuvieron a escasos metros del establecimiento.
El asaltante le dijo a la cajera que le diera el dinero y que “si no se movía no le pasaría nada”
El tribunal confirma que se trató de un robo con violencia e intimidación en grado de tentativa y mantiene la agravante de uso de disfraz al considerar probado que actuó tapándose la cara con un “buff” para evitar su identificación. No obstante, rebaja la pena impuesta en primera instancia al considera que la violencia e intimidación ejercidas por el acusado eran “de menor entidad”, ya que este actuó solo y sin utilizar ningún tipo de arma. Asimismo, señala que el forcejeo que se produjo entre el ladrón y la dependienta fue mínimo. Por ello, reduce la condena en un subtipo atenuado y fija la pena en 16 meses de prisión y no en 2 años y 10 meses. La sentencia no es firme.