JUSTICIA TRIBUNALES
Cárcel por poner teléfonos a nombre de su exnuera para llamar al tarot
La Audiencia condena a una mujer a un año y nueve meses de prisión por la estafa
La Audiencia de Lleida ha condenado a un año y nueve meses de prisión a una mujer por contratar fraudulentamente tres líneas telefónicas a nombre de su exnuera para hacer numerosas llamadas a tarotistas y a Venezuela generando una deuda a la víctima de 1.596,24 euros. El tribunal ratifica la sentencia del juzgado de lo Penal 2 de Lleida y desestima el recurso presentado por la acusada, que alegaba vulneración del derecho de presunción de inocencia y falta de pruebas. Sin embargo, la Sala considera que hay pruebas suficientes “para acreditar sin duda alguna que cometió los hechos, constitutivos de un delito continuado de estafa”. La sentencia ya es firme y no se puede recurrir. La denunciante estuvo representada por la abogada Griselda Sisó, del Despatx Jurídic Sisó.
La estafa se prolongó durante ocho meses y se considera probado que en septiembre de 2012 la acusada contrató de manera fraudulenta tres líneas telefónicas, dos de móvil y otra de fija con ADSL, facilitando sin su consentimiento los datos de su exnuera. De esta forma, entre octubre de 2012 y mayo de 2013 la acusada efectuó numerosas llamadas desde los tres números a Venezuela, lugar de donde es originaria y donde tiene familia, y en las líneas del tarot. La facturación de estas tres líneas durante estos meses ascendió a 1.596,24 euros, que la acusada no abonó a las compañías, ya que las líneas iban a nombre de su exnuera. La condenada instaló el teléfono fijo y ADSL en su vivienda y también facilitó su dirección para recibir las facturas, por lo que la denunciante no tuvo constancia de la existencia de las deudas que se estaban generando. Se dio cuenta el día que le denegaron un préstamo porque constaba como morosa en el registro de Asnef (ver desglose). La Fiscalía solicitó en el juicio una condena de dos años de prisión mientras que la acusación particular elevó la petición a dos años y ocho meses. La defensa pidió la absolución.
La víctima lo descubrió cuando se le denegó un crédito por morosa La denunciante explicó en el juicio que no supo de la existencia de tres líneas contratadas a su nombre hasta que le fue denegado un crédito por aparecer en la lista de morosos de Asnef como consecuencia del impago de las facturas de estos servicios. Aparecía ella como titular, el DNI también era el suyo pero la dirección de los contratos era de la condenada, como quedó acreditado en la vista oral. Además, una de las pruebas que demuestran la autoría del delito por parte de la acusada son las grabaciones de las compañías durante la contratación. En una de ellas, la persona que contrató el servicio facilitó como teléfono de contacto el que la acusada tenía en ese momento y que, posteriormente, también dio en su declaración policial, lo que han sido pruebas claves para un fallo condenatorio.