SEGRE

TRIBUNALES VIOLENCIA MACHISTA

Condenado por enviar más de cien mensajes por WhatsApp a su ex

La Audiencia de Lleida le impone un año de prisión por acoso y una orden de alejamiento de la víctima || Ante la negativa de la mujer a retomar la relación

Vista de la sede de los juzgados de Lleida en el Canyeret.

Vista de la sede de los juzgados de Lleida en el Canyeret.SEGRE

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La Audiencia de Lleida ha condenado a un año de prisión a un leridano por acosar a su expareja a través de WhatsApp y con visitas a su domicilio a altas horas de la madrugada. La sentencia confirma así la pena impuesta en primera instancia por el Juzgado de lo Penal 1 de Lleida y rechaza el recurso del acusado, que alegaba que su actitud no había perturbado la vida cotidiana de la víctima y pedía que se le aplicara una eximente por trastorno mental. En su resolución, la Audiencia rechaza los dos argumentos del procesado y da plena credibilidad a la denuncia de la mujer. Según su declaración, el acusado le envió, en febrero de 2018, más de un centenar de mensajes a su teléfono móvil vía Whatsapp en solo cinco días. En sus mensajes, le decía que la quería y que quería retomar la relación sentimental que habían mantenido. Además, según la sentencia, el acusado acudió en tres ocasiones, de madrugada, al domicilio de la víctima, llamando al portero automático para que le abriera la puerta o bajara a la calle para hablar con él. Una situación, reza el fallo, que “creó en la víctima una sensación de intranquilidad y desasosiego”.

La decisión de la Audiencia no se basa solo en la declaración de la denunciante, ya que el propio acusado admitió haber enviado los mensajes y haberla llamado. Sin embargo, según su declaración, la mayoría eran para pedirle explicaciones por unos daños en su vehículo, una versión que resulta injustificada para el tribunal. Asimismo, la Audiencia considera que “la conducta insistente y reiterada” del procesado, con múltiples mensajes, llamadas a altas horas de la madrugada y visitas a su domicilio también en horas intempestivas, “es una grave alteración de la vida cotidiana” de la denunciante y “excede de una mera molestia”. De hecho, la mujer tuvo que solicitar una orden de alejamiento y la actitud del acusado no cesó. Además de la prisión, la Audiencia le impone una orden de alejamiento durante dos años.

El nuevo delito de “stalking”, con penas de hasta dos años de cárcel ? La reforma del Código Penal de julio de 2015 introdujo un nuevo delito: el de acoso, también conocido como hostigamiento o stalking, dentro de los delitos contra la libertad, y que contempla penas de prisión que van de los tres meses a los dos años. Se trata de aquellos supuestos en los que, sin llegar a producirse necesariamente un anuncio explícito de la intención de causar algún mal (amenazas) o el empleo directo de la violencia para coartar la libertad de la víctima (coacciones), se producen conductas reiteradas por medio de las cuales se menoscaba gravemente la libertad y el sentimiento de seguridad de la víctima, a la que se somete a persecuciones, vigilancias constantes o llamadas reiteradas. Es necesario la denuncia de la víctima, que quedará exenta si es pareja o expareja.

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