TRIBUNALES SENTENCIA
Condenan a una empresa a indemnizar a un cliente por la caída de un mueble
El juzgado de Primera Instancia número 1 de Lleida ha condenado a una empresa de muebles a indemnizar a un cliente con 1.447 euros por la “instalación defectuosa” de un mueble. Una firma leridana, representada por el letrado Xavier Prats, de Prats Advocats, demandó a la tienda después de que se cayera un mueble alto y un estante que le habían instalado. La adquisición y montaje de los artículos se produjo en julio de 2015 y la caída tuvo lugar en septiembre de 2017.
La empresa perjudicada presentó una demanda al considerar que se había producido una instalación defectuosa que provocó la caída del mueble y el estante, causando un perjuicio de 1.447 euros que se corresponden “con el valor del mueble y el estante que cayeron, la mano de obra de tal instalación, la sustitución de ocho metros cuadrados de parquet, la reparación de la pantalla de la televisión siniestrada, el valor de la cristalería que se rompió con la caída, así como la pintura y reparación del daño causado en la pared”. Para ello, aportó sendos informes de peritos. En cambio, la tienda de muebles se opuso alegando que no era responsable “por inexistencia de relación entre causalidad entre un mal montaje y la caída, al suceder además dos años después de la instalación y por hacer un uso inadecuado del mueble”.
La jueza considera que el montaje se hizo “con una técnica no adecuada” a la pared de pladur
La jueza se basa en los informes periciales, “adecuados al caso concreto”, y “deben aceptarse sus conclusiones, entendiendo así que los daños producidos fueron consecuencia de una defectuosa instalación del mueble al haber seguido una técnica no adecuada para la pared de pladur donde fue instalado el mueble” por lo que condena a la tienda a indemnizar a los afectados con 1.447 euros.