TRIBUNALES TRÁFICO
El acusado de la muerte de 2 leridanas en Tarragona solo admite que no tenía el carnet
Su defensa pide una condena de cinco meses de prisión || Fiscalía solicita una pena de cuatro años mientras que una de las familias la eleva hasta los 14 años
El conductor leridano acusado de causar un accidente de tráfico el 3 de febrero del año 2018 en Tarragona en el que fallecieron otras dos jóvenes leridanas pide que solo se le imponga un condena de cinco meses de prisión por un delito contra la seguridad en el tráfico por conducir sin permiso. Adrián R., de 23 años, presentó hace escasos días su escrito de defensa ante el juzgado que ha investigado el caso. Las dos jóvenes que murieron son Elisenda Calderó, de 27 años, y Tamara Hernado, de 19, y viajaban de acompañantes en el turismo accidentado.
Esta petición contrasta con las condenas de cuatro y 14 años de cárcel que solicita tanto la Fiscalía como la familia de una de las víctimas, respectivamente. El Ministerio Público considera que el acusado es autor de dos delitos de homicidio imprudente porque conducía de forma “manifiestamente temeraria”, con exceso de velocidad y bajo la influencia del alcohol. Por su parte, la familia de Elisenda Calderó, representada por el abogado Xavier Prats, solicita que sea condenado a ocho años de cárcel por dos homicidios por imprudencia grave, otros cinco años por conducción temeraria, seis meses por un delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas y otros seis meses por un delito de conducción sin permiso, como avanzó SEGRE. Además de la pena de prisión, pide que el procesado no pueda volver a conducir durante 22 años. En cambio, la defensa del acusado considera que el accidente se produjo porque se durmió al volante.
El siniestro tuvo lugar la mañana del 3 de febrero de 2018 cuando el coche en el que viajaban chocó contra la rotonda de Les Gavarres, en la carretera T-11, y se precipitó al vacío sobre la A-7. Los Mossos determinaron que el coche iba como mínimo a 117 kilómetros por hora cuando la velocidad máxima en el acceso a la rotonda era de 40 km/h. El acusado no tenía carnet de conducir y dio positivo en alcohol. El acusado era reincidente ya que en 2015 fue condenado por un juzgado de Lleida por conducir sin carnet y en estado ebrio. No hizo los trabajos comunitarios con los que fue penado, lo que le acarreó una nueva condena. Está previsto que el juicio celebre este año en Tarragona.