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TRIBUNALES PRODUCTOS FINANCIEROS

Nueva sentencia en Lleida que anula el IRPH de una hipoteca por abusivo

El juzgado ordena sustituir el índice por el Euríbor y condena al banco a devolver más de 30.000 € || Considera que no hubo transparencia por parte de la entidad

Reunión de Apdef con afectados de abusos financieros en Lleida.

Reunión de Apdef con afectados de abusos financieros en Lleida.SEGRE

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La jueza el Juzgado de Primera Instancia 6 de Lleida ha resuelto una nueva sentencia sobre el polémica IRPH en los contratos hipotecarios y anula este interés al considerarlo abusivo. Es el segundo fallo de estas características que se hace públicoen Lleida tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de la semana pasada, que dejaba en manos de los jueces la anulación de este índice de referencia de las hipotecas. En esta nueva sentencia, la magistrada ordena sustituir el IRPH por el Euríbor y obliga a la entidad, BBVA, a devolver más de 30.000 euros a los demandantes, representados por la abogada leridana Mireia Pardell i Cartes, del despacho Martínez Oset-Pardell Cartes Advocats.

En el fallo, la jueza, que hace de refuerzo en este juzgado especializado en demandas por productos financieros abusivos, considera que las cláusulas “no fueron negociadas por ambas partes” y que la entidad no proporcionó la información suficiente para que el consumidor entendiera las consecuencias económicas de referenciar su préstamo hipotecario al IRPH. Además de declarar nulo el interés, la jueza obliga a la entidad a devolver al cliente el dinero pagado de más desde que firmó la hipoteca, que en este caso superaría los 30.000 euros. Asimismo, este cliente tenía una cláusula suelo y gastos de hipoteca que la sentencia también considera abusivas, por lo que condena a la entidad a recalcular los importes, tomando como base el Euríbor, y devolver el dinero pagado de más. Los gastos de formalización de la hipoteca suponen, en este caso, más de 658 euros.

Esta sentencia es la segunda que se hace pública en Lleida tras la publicada hace solo unos días que también condenaba a un banco, en ese caso, el Santander, a devolver 15.000 euros a un cliente tras anular el interés IRPH de su hipoteca al considerar que se aplicó sin transparencia. Los dos fallos llegan después de la sentencia del TJUE, ya que los magistrados del Juzgado de Primera Instancia 6 de Lleida, así como el resto de tribunales especializados en productos financieros abusivos, paralizaron todas las sentencias a la espera del fallo europeo. Se calcula que en las comarcas leridanas habría más de 5.000 clientes con hipotecas referenciadas al IRPH, lo que supondría un retorno, de anularse todas, de 150 millones de euros. Los abogados prevén un alud de demandas y sentencias en los próximos meses.

Deben demostrar la transparencia La jueza de Lleida recoge en su sentencia que el fallo emitido por el Tribunal de Justicia de la UE insiste en que la entidad no solo debe escudarse en que el IRPH es un índice de referencia oficial para los préstamos hipotecarios, si no que debe superar un control de transparencia y demostrar que se informó debidamente al consumidor, y que este entendía las consecuencias económicas. A finales de la década de los años 90 y en los primeros años del 2000, las entidades bancarias utilizaban el IRPH como índice de referencia tras la caída del Euríbor.

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