TRIBUNALES DELINCUENCIA
Un juzgado excarcela a un acusado de 3 robos por el estado de alarma
Decreta su libertad “atendidas las circunstancias actuales y la menor entidad de los ilícitos” || La Audiencia, en cambio, la deniega a un reo con problemas de salud
El juzgado de Instrucción número 3 de Lleida decretó el miércoles la prisión provisional con una fianza de 1.000 euros para un leridano encarcelado preventivamente desde el pasado febrero como presunto autor de dos robos con fuerza en institutos y un taller de la capital del Segrià. Su abogado, Xavier Prats, pidió la excarcelación. La jueza decretó que hay que “evitar la reiteración delictiva, atendido el historial de antecedentes penales del investigado, y evitar el riesgo de fuga, dado que no parece disponer de un domicilio conocido, constándole dos averiguaciones de domicilio. Aunque lo cierto es que, atendidas las circunstancias actuales y la menor entidad de los ilícitos, parece procedente adoptar la medida de prisión provisional eludible bajo fianza de 1.000 euros, para asegurar la presencia del investigado en el proceso”. La Fiscalía solicitó mantener la prisión provisional y subsidiariamente la libertad provisional con fianza si bien entendía que “no han variado las circunstancias que dieron lugar a la adopción de la medida cautelar”.
El hombre, que ingresó en el Centre Penitenciari Ponent, está acusado de robar en los institutos Màrius Torres y Ronda y un taller mecánico de Pardinyes los días 8, 9 y 10 de febrero de los que supuestamente habría sustraído móviles y dinero.
Con antecedentes, fue detenido como presunto autor de los robos en dos institutos y un taller
Por su parte, la Audiencia de Lleida ha denegado la excarcelación de un recluso de Ponent, también representado por el letrado Xavier Prats, que solicitó su puesta en libertad por el estado de alarma, su estado de salud y su avanzada edad. Concretamente, el interno alegó que “tenía un elevado riesgo de contagio debido a su elevada edad y delicado estado de salud, al padecer patologías respiratorias”. Sin embargo el tribunal desestimó esta petición al considerar que “el estado de alarma no justifica por si sola la libertad provisional que se pretende, ni tampoco las patologías que padece el solicitante, que ya constaban en el momento de la adopción inicial de la medida cautelar (...). Además, las citadas patologías pueden ser debidamente tratadas en el centro penitenciario y deberá ser la administración penitenciaria la que disponga de los medios necesarios para contener el riesgo de contagio de los internos, entre ellos el del solicitante”.
Cabe recordar, que todas las visitas a las cárceles catalanas, como los vis a vis o los locutorios, han sido suspendidas. Los internos pueden hacer 20 llamadas semanales y la conselleria de Justicia también ha implantado las videollamadas con los familiares.