La Paeria pide a Territori poder asumir competencias en vivienda para disponer de pisos vacíos
De esta manera el ayuntamiento podría hacer un requerimiento de función social a los propietarios
El Ayuntamiento de Lleida ha manifestado al Departamento de Territorio y Sostenibilidad su voluntad de ejercer competencias en materia de vivienda para poder movilizar pisos vacíos y poder disponer de ellos. El alcalde accidental, Sergi Talamonte, ha dirigido la comunicación al conseller Damià Calvet en la que expresa, de acuerdo a la actual legislación, esta voluntad de asumir las competencias que determina el artículo 41.3 de la Ley 18/2007, de 28 de diciembre, de Derecho a la Vivienda (LDH). Talamonte ha señalado que la adquisición de estos derechos para decidir en materia de vivienda es "una piedra angular para que la Paeria pueda desplegar políticas residenciales que den respuesta a las necesidades que hay en la ciudad".
De esta manera, la Paeria podrá hacer la declaración de viviendas vacías y en situación anómala, podrá aplicar un recargo del 50% del impuesto de bienes inmuebles (IBI) a los que estén vacíos y hacer un requerimiento de función social a los propietarios. La Paeria también podrá abrir expedientes de expropiación temporal forzosa o sancionar con multas por la no utilización de las viviendas en su función social.
El alcalde accidental de Lleida ha remarcado que uno de los ejes principales en los que trabaja la concejalía de Vivienda y Transición Ecológica es la ampliación y mejora del parque público para atender la emergencia residencial en la ciudad. Con estos competencias, el Ayuntamiento tendrá "más capacidad para mover pisos vacíos y destinarlos a colectivos con vulnerabilidad y a alquiler social, entre otros," ha indicado.
Talamonte ha defendido la apuesta por "convertir en activos las casas vacías de propietarios o grandes tenedores para ofrecerlas a familias que tienen dificultades para acceder a un lugar donde vivir". Según el alcalde accidental, la crisis sanitaria a raíz de la covid-19 ha agravado la situación de muchas familias que cada vez disponen de menos recursos para hacer frente a los gastos de alimentación, de suministros básicos o residenciales. Por eso, "hace falta que determinemos una serie de acciones y de protocolos que nos permitan avanzar en esta dirección y disminuir la problemática en materia de vivienda", ha afirmado.
Artículo 41.3 de la Ley de Derecho a la Vivienda
El artículo 41 de la LDH regula la detección de utilizaciones y situaciones anómalas de las viviendas y en el punto 3 define las competencias en materia de vivienda de la Generalitat y los municipios. Entre estas, figura instruir los procedimientos para comprobar si una vivienda o un edificio de viviendas se utilizan de una manera anómala o están en una situación anómala; ordenar la ejecución forzosa de las medidas necesarias para corregir la utilización o situación anómala y determinar el medio de ejecución, y sancionar a la persona responsable cuando la utilización o la situación anómalas sean constitutivas de una infracción en materia de vivienda de acuerdo con esta Ley. Ambas partes, municipios y Generalitat se coordina y conciertan las competencias, a menos que un municipio manifieste su voluntad de ejercerlas, situación que ha expuesto la Paeria.