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IMPUESTOS VIVIENDA

Vende el piso por 9.000 € menos de lo que le costó y debe pagar 2.200 euros de plusvalía

El ayuntamiento primero y la justicia después denegaron sus recursos por haberlos presentado fuera de plazo || La afectada afirma que no recibió la notificación del recibo por parte de la Paeria

Sede del departamento de Hacienda de la Paeria

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Una vecina de Lleida vendió en la primavera de 2018 una vivienda por 126.000 euros, una cantidad 9.000 euros inferior a la que pagó por él a mediados de 2004. Su sorpresa fue que, meses después, el ayuntamiento le exigía el pago de una plusvalía de 2.223 euros, cuando una sentencia dictada por el Tribunal Constitucional en 2019 determina que este impuesto solo puede aplicarse si hay una ganancia patrimonial real. “Al venderlo por una cantidad inferior a la que lo compré, tanto mi abogado como mi notario me dijeron que el ayuntamiento no me cobraría plusvalía, por lo que no me preocupé por ello”, dijo la afectada. Por eso, después de que la Paeria le reclamara los 2.223 euros por esta tasa, interpuso dos recursos de reposición, que la Paeria denegó argumentando que los había presentado cinco días después de que expirara el plazo legal. La afectada destaca que “no recibí ninguna notificación del recibo y me enteré de que me querían cobrar la plusvalía porque acudí al ayuntamiento a pagar otro impuesto”. Ante la negativa de la Paeria a anular esta tasa, presentó un recurso al juzgado contencioso administrativo de Lleida, que también lo ha desestimado por estar fuera de plazo. “El juez no analizó si la plusvalía estaba bien aplicada, solo se centró en que presenté la reclamación fuera del plazo cuando, en teoría, no deberían haberla cobrado, es una injusticia”, lamentó la mujer.

Añadió que, a raíz de la sentencia, “el ayuntamiento me embargó la cuenta corriente para liquidar la cantidad reclamada, quitándome dinero incluso de la deducción de maternidad con varias tandas de 100 euros cada una”. Además de los 2.200 euros, debe pagar recargos, intereses, los honorarios de su abogado y las costas del juicio. En total la cifra asciende a más de 3.000 euros. “Lo peor es que no puedo liquidar toda la deuda porque el ayuntamiento no para de embargarme pequeñas cantidades. Y así estamos, no parando de pagar y sin poder cerrar el caso y olvidarme”, dijo la afectada. Por ello, ha querido denunciar el caso “ no para que me devuelvan el dinero ni revisen mi caso, ya lo doy por perdido, sino que lo hago para denunciar la ineptitud de la justicia en este proceso y que a nadie le vuelva a ocurrir lo que me ha sucedido a mí”.

Consistorios recurren a tasaciones para justificar cobrar el impuesto

Francesc Liñan, abogado especializado en Tributación y Fiscalidad, reconoce que “la ley que regula la plusvalía ha cambiado mucho en los últimos años y es probable que muchos ciudadanos queden desconcertados si se la cobran cuando vendieron un piso por debajo del precio que lo compraron”. Por ello recalca que “actualmente los ayuntamientos pueden hacer una tasación como prueba pericial para demostrar que, aunque se haya vendido por un precio menor al que se compró, la finca en cuestión sí que ganó valor”. No obstante, indicó que “esta tasación encargada por el ayuntamiento, y que mayoritariamente solo hace cuando es llevado a juicio, no tiene por qué ser correcta, pero en este caso el juez valoró que los recursos no se presentaron en el plazo fijado”.

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