TRÁFICO LEGISLACIÓN
Patinetes: ni aceras ni zonas peatonales
Hasta ahora solo se quitaban 3 en el primer caso y los VMP no podrán circular por aceras || Velocidad máxima de 30 km/h en calles de un solo carril en ciudades
El Consejo de Ministros aprobó ayer, a propuesta del ministerio del Interior, aumentar de 3 a 6 los puntos a detraer por conducir sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil y elevar de 3 a 4 los que se detraen por no usar el cinturón de seguridad, los sistemas de retención infantil, el casco y otros elementos de protección. Además, incorpora explícitamente como causa de sanción el mal uso de estos elementos como, por ejemplo, llevar el casco de protección o el cinturón de seguridad sin abrochar. El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, señaló que “14 años después de la entrada en vigor del carnet por puntos, es necesario afrontar una reforma para aumentar los puntos a detraer por comportamientos que generan mayor riesgo”. Las distracciones son desde 2016 la primera causa de los accidentes mortales, con el uso del teléfono móvil y de aplicaciones como el whatsapp a la cabeza.
El Real Decreto regula además los vehículos de movilidad personal (VMP), como los patinetes, salvo los vehículos para personas con movilidad reducida, y conlleva que queda prohibida su circulación por aceras y zonas peatonales. Tendrán que cumplir las normas de circulación como el resto de vehículos -someterse a pruebas de alcoholemia, no utilizar auriculares, etc.- y queda también vedada su circulación en vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías y túneles urbanos. Para poder circular, deberán disponer del correspondiente certificado de circulación
No llevar puesto el cinturón de seguridad o el casco supondrá perder cuatro puntos y no tres
También se redefinen los límites generales de velocidad en vías urbanas. Así, en las vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera, el límite será de 20 km/h; en las vías de un único carril por sentido de circulación, 30 km/h; y en las vías de dos o más carriles por sentido de circulación, seguirá siendo de 50 km/h. Estos límites ya se aplican en Lleida desde este mes.
Por otra parte, se tipifica como infracción grave “llevar en el vehículo” mecanismos de detección de radares, lo que supondrá la sanción de 500 euros y pérdida de 3 puntos; y se suprime la posibilidad de que se supere en 20 kilómetros por hora los límites de velocidad en las carreteras convencionales en los adelantamientos.