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TRIBUNALES SENTENCIAS

Primeras condenas en Lleida por intereses abusivos

Basadas en una ley de 1908 al cobrar el triple de lo habitual || Wizink Bank debe devolver más de 21.000€ a dos leridanos

Vista de la sede de los juzgados en el Canyeret.

Vista de la sede de los juzgados en el Canyeret.SEGRE

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Los juzgados de Primera Instancia 5 y 8 de Lleida han emitido recientemente sendas sentencias en las que condenan a una financiera por aplicar intereses “usurarios”. Se trataría de las primeras resoluciones judiciales en Lleida que se conocen en este sentido. En ambos casos, los juzgados condenan a la financiera Wizink Bank a devolver a dos leridanos más de 21.000 euros en total por contener un tipo de interés remuneratorio usurario, de acuerdo con la Ley de 23 de julio de 1908 de represión de la usura.

Los dos leridanos, representados por el abogado Xavier Prats, firmaron contratos en los que se estableció un tipo de interés ordinario del 24 por ciento (T.A.E. 26,82%), cuando habitualmente en operaciones de crédito se sitúa alrededor del ocho por ciento. En ambos casos, los jueces determinan que “la aplicación de un tipo de interés remuneratorio del 24%, TAE 26,82%, es manifiestamente desproporcionado con las circunstancias, debiendo exigirse un plus de información y motivación por parte de la actora que no ha verificado”. Asimismo, afirman que debe tenerse “en cuenta que es un TAE que supera con creces al habitual, y que exigiría una buena motivación para su fijación conforme a las circunstancias concretas de este cliente, que no constan”.

Uno de los magistrados recuerda que “partiendo en nuestro caso del 26,82% TAE fijado en el contrato, parece claro que este tipo supera de forma notoria el interés medio ordinario en las operaciones de crédito al consumo de la época en que se concertó el contrato, hasta el punto de llegar a triplicarlo, lo cual supone calificar el tipo pactado como notablemente superior al normal del dinero”. De esta forma, ambos juzgados condenan a la financiera Wizink Bank, que debe devolver casi 9.000 euros a una leridana y más de 12.000 euros al otro afectado por los intereses “usurarios”.

Una norma aprobada hace más de un siglo Aprobada hace más de 110 años, el 23 de julio de 1908, la ley de usura sigue vigente en el ordenamiento actual y permite impugnar créditos usurarios o abusivos. Esta norma también regula otros elementos, como el préstamo a menores o a incapacitados judicialmente. Resulta aplicable a todo préstamo, sin importar su forma o garantía.

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