SEGRE

SUCESOS TRIBUNALES

La Audiencia lamenta no poder elevar la condena al exlíder de Vox en Lleida

Por abusos a una tercera víctima por los que no acusaron Fiscalía y acusación particular || Constata que se aprovechó de la discapacidad de los denunciantes

José Antonio Ortiz Cambray, en una declaración ante el juez en marzo de 2019 tras su detención.

José Antonio Ortiz Cambray, en una declaración ante el juez en marzo de 2019 tras su detención.AMADO FORROLLA

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La Audiencia Provincial lamenta, en la sentencia que condena a más de 14 años al exlíder de Vox en Lleida, como avanzó ayer SEGRE, no poder elevar esta pena por un delito de corrupción de personas con discapacidad sobre una tercera víctima. El tribunal no ha podido condenar por este tercer caso porque la Fiscalía y la acusación particular no acusaron. Por este motivo, la Audiencia señala que le absuelve en este caso, aunque considera que José Antonio Ortiz Cambray también se aprovechó de la discapacidad de esta víctima para intentar mantener relaciones sexuales con él a cambio de dinero.

Una conducta que la Audiencia constata a lo largo de toda la sentencia, al señalar que Ortiz Cambray conocía la discapacidad de las víctimas y aun así les insistió para mantener relaciones sexuales y que le enviaran fotografías o vídeos de carácter sexual. Por ello, le condena a 14 años y 3 meses de cárcel por los delitos de abuso sexual continuado, corrupción de personas con discapacidad y pornografía.

La Audiencia le prohíbe acercarse a las víctimas durante 12 y 5 años tras cumplir la pena de cárcel

Además de la pena de prisión, el tribunal le impone 8 años de libertad vigilada a cumplir tras la pena de prisión y establece órdenes de alejamiento y comunicación con las víctimas de entre 12 años y medio a cinco años y nueve meses. Asimismo, deberá indemnizarles con 20.000 euros, 15.000 para una de las víctimas y 5.000 para la otra. Ahora la Fiscalía y la acusación particular estudian si piden una vista en la Audiencia para solicitar el ingreso en prisión de Ortiz Cambray, que se encuentra en libertad provisional desde el pasado mes de octubre, cuando salió de la cárcel, donde estaba desde que fue detenido en marzo de 2019, tras pagar una fianza de 6.000 euros.

La sentencia da plena credibilidad al relato de las víctimas, que declararon que Ortiz Cambray les pagaba entre 5 y 10 euros por diferentes actos sexuales. Con una de las víctimas llegó a mantener relaciones sexuales completas. Fue la Fundació Alosa, que tutela a dos de las víctimas, la que denunció los hechos al percatarse de mensajes de Whatsapp entre el condenado y los tutelados. Unos mensajes, según la Audiencia, que constatan que Ortiz Cambray les insistía a las víctimas para mantener contactos presenciales. La sentencia puede ser recurrida ante el TSJC.

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