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TRIBUNALES SENTENCIA

Condena por difamar a una empresa de Lleida

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Imagen del Tribunal Supremo.EFE

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El Tribunal Supremo ha condenado al banco Mare Nostrum (ahora Bankia) y a Experian Bureau de Crédito a indemnizar con 60.000 euros a una correduría de seguros de Lleida por vulnerar su derecho al honor “causando un menoscabo grave en el prestigio profesional” por incluirla de manera indebida y reiterada, durante seis años, en un fichero de morosidad. El Supremo desestima el recurso presentado por Experian Bureau de Crédito y en un auto ratifica la sentencia de la Audiencia de Lleida, que en su momento también ratificó el fallo del juzgado de Primera Instancia número 8 de Lleida, como ya avanzó SEGRE.

La empresa de Lleida, representada por el abogado Enric Rubio, denunció la inclusión indebida de sus datos en un fichero de morosos, concretamente en el registro de solvencia patrimonial Badexpug, en base a datos erróneos desde agosto de 2011 hasta al menos junio de 2017. Concretamente, el fichero Badexpug mantuvo a la firma como morosa hasta en ocho ocasiones durante este periodo y publicitaba la errónea deuda con el concepto “seguro”, lo que le provocó dificultades a la hora de financiarse para realizar su actividad económica. La empresa informó en reiteradas ocasiones a las demandadas que se estaba incurriendo en un error.

El Tribunal Supremo, como ya hicieron la Audiencia y la jueza de Primera Instancia, afirma que hubo una negligencia por parte de las entidades financieras y que la empresa “fue extremadamente diligente desde el primer momento en comunicar la improcedencia de su inclusión en el fichero, sin que fueran atendidas sus solicitudes, que estaban sobradamente acreditadas documentalmente, adjuntando las resoluciones judiciales que habían ido recayendo en el procedimiento judicial”. El fallo ya es firme.

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