La Audiencia Nacional da diez días a Pablo Hasel para entrar en la prisión
Los 9 meses de prisión se suman a los 2 años de una sentencia anterior, las dos por enaltecimiento del terrorismo
La Audiencia Nacional (AN) ha dado diez días al rapero leridano Pablo Hasel para que entre voluntariamente en la prisión, después de que el Tribunal Constitucional decidiera no admitir a trámite el recurso de amparo presentado por su defensa contra la última sentencia de la AN.
La decisión todavía se puede recurrir. La pena, ratificada por el Tribunal Supremo, es de 9 meses y un día de prisión por enaltecimiento del terrorismo con el agravante de reincidencia y por injurias y calumnias a la corona y a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado. Esta condena se suma a los 2 años de prisión impuestos en 2014 por la Audiencia Nacional, también por enaltecimiento del terrorismo, por la letra de algunas de sus canciones sobre LOS GRAPO, ETA o Terra Lliure.
En un tuit, el músico ha dicho: “Al final no ha sido la suficiente solidaridad para parar eso que nos afecta a la mayoría que no tenemos garantizada a la libertad de expresión. Me encarcelarán para explicar hechos objetivos, pero nunca me doblegarán”.
Hasél fue condenado por incluir a su perfil de las redes sociales comentarios en forma de tuits donde incorporaba vídeos que, según la sentencia, incitaban a la violencia, comentarios "de enaltecimiento del terrorismo" y "vejatorios" contra la monarquía y otras instituciones españolas. La defensa del rapero insistía en que los hechos juzgados eran consecuencia de un derecho "efectivo" a la libertad ideológica y de expresión y que la sentencia establecía como tipo penal el "libertinaje de expresión", y puntualizaba que este es "inexistente" en el código penal.
Su abogado pedía al Alto Tribunal que anulara la sentencia de la AN y lo absolviera al entender que se violaba la tutela judicial efectiva que recoge el artículo 24.1 de la Constitución. El Constitucional, sin embargo, considera que "no se justifica la especial trascendencia constitucional del recurso".