El TSJC da 10 días a la Generalitat para vacunar a Policía y Guardia Civil
El tribunal aprecia una "apariencia de discriminación" en el proceso de vacunación en Catalunya mientras que Salut la niega
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha dado diez días a la Generalitat para que, "sin excusa alguna", garantice "de inmediato y sin dilaciones" la vacunación a los agentes de la Guardia Civil y la Policía Nacional en Catalunya con la misma proporción que los Mossos d'Esquadra. Así lo ha acordado la Sección tercera de la sala de lo contencioso administrativo del TSJC en un auto, que se puede recurrir, en el que estima la medida cautelar solicitada por el Sindicato policial JUPOL y la Asociación de la Guardia Civil JUCIL para que la conselleria de Salud empiece a vacunar contra la covid de forma inmediata y generalizada a los agentes de la Policía Nacional y la Guardia Civil en Cataluña.
El alto tribunal catalán, que ha notificado personalmente su resolución a la consellera de Salud, Alba Vergés (ERC), ha apreciado en este caso, sin prejuzgar lo que decida cuando analice el fondo del asunto, una "apariencia de discriminación" en perjuicio de los funcionarios de la Policía Nacional y la Guardia Civil en el proceso de vacunación contra el coronavirus en Cataluña.
Tras conocer este auto, Vergés ha criticado la "interferencia" del TSJC en la estrategia de vacunación y ha justificado la baja cobertura de policías y guardia civiles porque, al cabo de poco tiempo de empezar a suministrarles dosis "quedó paralizada en todo el Estado" la vacunación con AstraZeneca, la utilizada para trabajadores esenciales, que pasó a ser indicada solo para mayores de 60 años. En la misma línea, la portavoz del Govern, Meritxell Budó, ha negado que la administración catalana "discrimine" a agentes de la Policía Nacional y la Guardia Civil y ha alegado que la vacunación de estos colectivos está parada, como la del resto de grupos esenciales, debido a los criterios del suero de AstraZeneca, que sólo puede administrarse a personas de entre 60 y 69 años.
Sin embargo, para el TSJC son "elocuentes" los datos aportados por la Generalitat en sus alegaciones, en que detalla que el pasado 22 de abril estaban vacunados en Cataluña el 80,3 % de los efectivos de los Mossos d'Esquadra, el 79,1 % de la Guardia Urbana de Barcelona, el 71,2 % de las policías locales, el 9,9 % de la Policía Nacional y el 6,3 % de la Guardia Civil.
En contra de lo sostenido por la Generalitat en sus alegaciones, el TSJC sostiene que ordenar que se vacune ya a los agentes de la Policía Nacional y la Guardia Civil para alcanzar en diez días el mismo porcentaje que en los Mossos d'Esquadra no tiene por qué traducirse en un "perjuicio" para otros grupos de población, entre otros motivos por la llegada de nuevas remesas de dosis y porque se trata de plantillas de tamaño "reducido". Una vez cumplido ese plazo de diez días, el TSJC da dos días de margen a Salud para que informe al juzgado del estado de ejecución de este proceso de vacunación.
Además de notificar su resolución personalmente a Vergés, el TSJC la advierte de que en un plazo máximo de cinco días su departamento deberá comunicar al tribunal el cargo y los datos de identificación de la autoridad responsable del cumplimiento de esta orden judicial. Transcurrido ese plazo de cinco días, si la Generalitat no ha detallado el responsable, el TSJC considerará que la autoridad de este proceso de vacunación a policías y guardia civiles recae en la titular del Departamento de Salud.
Para el tribunal, no son necesarias "demasiadas pruebas" para entender que la demora en la vacunación de los agentes de la Policía Nacional y de la Guardia Civil en Cataluña que están en activo les puede situar en una situación de "riesgo para su salud, incluso de riesgo grave o irreparable, superior a otros grupos de población".
La Generalitat pidió al TSJC que rechazara la medida cautelar solicitada por JUPOL y JUCIL, en un escrito en que negó cualquier trato "discriminatorio", alegó que se está vacunando a policías nacionales y guardia civiles de entre 60 y 65 años de edad y advirtió que si se modificaba su planificación se podría "poner en riesgo" la "pronta vacunación de la población de mayor riesgo". Para la sala, que los agentes de la Policía Nacional y la Guardia Civil de entre 60 y 65 años hayan sido vacunados "en atención a su edad y no a su condición funcionarial" no aporta ningún elemento susceptible para rechazar la petición de JUPOL y JUCIL.
A raíz de la demanda de JUPOL y JUCIL, la Fiscalía Superior de Catalunya había instado al TSJC a ordenar la reanudación de la vacunación de los policías nacionales y guardias civiles que ejercen en esta comunidad, al considerar que sufren una "clara e injustificada situación de discriminación" respecto a los Mossos. Tras notificarse la decisión del TSJC, sindicatos de la Policía y asociaciones de la Guardia Civil han celebrado la resolución del TSJC pero han lamentado que haya tenido que ser la justicia la que obligue a la Generalitat a vacunarles en Catalunya.