TRIBUNALES SENTENCIA
Absuelto el exgerente del Club Tennis Lleida de encubrir un fraude
La Audiencia dice que no se ha probado que incurriera en los delitos que le imputaba la entidad|| Impone 9 meses de prisión a un excontable por quedarse 21.976 euros
La Audiencia Provincial ha absuelto al exgerente del Club Tennis Lleida S.F.T.A. de los delitos de encubrimiento, administración desleal y apropiación indebida de los que le acusaba la entidad.
El tribunal ha afirmado que no se ha acreditado que cometiera ninguno de estos delitos y le absuelve de todos los cargos. La sentencia sí condena a un exauxiliar de contabilidad que reconoció que se había apoderado de 21.976 euros entre los años 2016 y 2017.
El tribunal impone a este excontable (al que, además del club, también acusaba la Fiscalía, que no imputaba ningún delito al exgerente) una pena de 9 meses de prisión y le obliga a devolver al Club Tennis Lleida los 21.976 euros sustraídos. La sentencia afirma que no hay duda alguna de que este excontable, D.J.D.R., es culpable de un delito de hurto por cuanto él mismo reconoció que se había quedado el dinero sustraído a causa de su adicción a la cocaína.
Su drogadicción y el hecho de que reconociera los hechos han sido consideradas circunstancias atenuantes por el tribunal, que le ha reducido la pena. En cuanto al exgerente, la Audiencia niega que se haya acreditado que modificara algunas facturas de altas de socios o del bar-restaurante de la entidad para que el club finalizara los ejercicios con beneficios y el ahora absuelto cobrara un supuesto incentivo por este concepto.
Según el tribunal, no se ha probado la existencia de este incentivo, y por tanto tampoco el delito de administración desleal. También niega que se haya probado que se apropiara de dinero, así como que encubriera al excontable.
“Se ha hecho justicia”, dice el abogado de la defensa
Dani Ibars, abogado del exgerente del Club Tennis Lleida ahora absuelto, expresó ayer a este diario su satisfacción por el hecho de que la Audiencia de Lleida ha recogido íntegramente sus razonamientos jurídicos planteados en el juicio y, en consecuencia, su petición de absolución para su cliente. Ibars añadió su deseo de que, tras esta sentencia absolutoria, el caso del exgerente del Club Tennis vuelva a la jurisdicción laboral, de la que en su opinión jamás debería haber salido.
El exgerente presentó una demanda en un juzgado de lo Social de Lleida por supuesto despido improcedente cuando se destapó el caso y perdió su trabajo en 2017. Esta demanda seguirá su curso ahora tras la absolución dictada ahora por la Audiencia.
Ibars también dijo ayer que se reservan el derecho de ejercitar las acciones legales que consideren oportunas ante la posibilidad de que alguna de las personas que han declarado en este procedimiento penal, resuelto ahora con la sentencia absolutoria para el exgerente, haya podido faltar a la verdad. Se da la circunstancia de que Ibars, que pidió la absolución del exgerente en el juicio, dijo en la vista que, en cuanto al excontable que ha sido condenado, este en todo caso habría cometido un delito de robo o hurto, pero no uno de apropiación indebida como decían las acusaciones. Su tesis ha sido recogida por el tribunal.