SEGRE

TRIBUNALES SENTENCIA

Condenado a cinco años de prisión por abusar de la hija de su primo

El Supremo confirma la sentencia dictada por la Audiencia y deberá ingresar en prisión al ser firme || Da credibilidad a la denuncia de la víctima, de 7 años

El condenado durante el juicio celebrado en la Audiencia de Lleida en mayo de 2019.

El condenado durante el juicio celebrado en la Audiencia de Lleida en mayo de 2019.SEGRE

Creado:

Actualizado:

El Tribunal Supremo ha condenado a cinco años de prisión a un vecino de Lleida por abusar sexualmente de la hija de su primo cuando la niña tenía 7 años. De esta forma, el alto tribunal rechaza el último recurso planteado por el procesado después de ser condenado por la Audiencia de Lleida y también por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, que también ratificó la sentencia de primera instancia.

La sentencia ya es firme. Según el Supremo, ha quedado acreditado que el condenado abusó sexualmente de la menor aprovechando que se quedaba a dormir en su casa, lo que tuvo lugar en reiteradas ocasiones entre 2013 y 2018, cuando le hacía tocamientos sexuales.

A consecuencia de ello, la pequeña tuvo que seguir una terapia en un centro especializado. .

Además de los cinco años de prisión, el Supremo también confirma otros cinco años de libertad vigilada, una orden de alejamiento de seis años y una indemnización de 10.000 euros. En mayo de 2019, cuando la Audiencia de Lleida dictó sentencia, tanto la Fiscalía como la acusación particular solicitaron el ingreso en prisión del procesado por riesgo de fuga, pero el tribunal lo rechazó.

Ahora que es firme, deberá ingresar en prisión. El agresor, condenado por un delito continuado de abusos sexuales sobre menores, negó los hechos en el juicio y afirmó que la pequeña mentía inducida por su madre.

Sin embargo, la sentencia señala que no facilitó una explicación “mínimamente creíble o verosímil del porqué la menor podía explicar tales hechos de no ser ciertos”, mientras que el Supremo confirma que la víctima “relataba episodios reales vividos, sin insinuación ni sugestiones externas y que, en ellos, se ponían de manifiesto tocamientos de carácter sexual claros y evidentes”. También rechaza la pretensión de la defensa de invalidar el relato de la menor por la intervención de los psicólogos, al considerar que es totalmente válida, y que no había ningún motivo espurio en la denuncia de la madre de la víctima.

La mujer relató que denunció los hechos después de ir a darle un beso a su hija y que esta la rechazara diciendo que su “tío”, como se dirigía al acusado, le daba besos en la boca y le hacía tocamientos. .

tracking