TRIBUNALES SENTENCIA
Absuelto un conductor acusado de amenazar a manifestantes del 1-O
Los hechos ocurrieron en el primer aniversario del referéndum en la avenida Prat de la Riba || El Juzgado de lo Penal lo condenó pero la Audiencia revoca la sentencia
La Audiencia de Lleida ha absuelto a un conductor que fue condenado por amenazar a manifestantes en el primer aniversario del referéndum del 1-O, en una concentración que tuvo lugar en la avenida Prat de la Riba. Los Mossos d’Esquadra abrieron una investigación y el Juzgado de lo Penal 2 de Lleida dictó una sentencia condenatoria por un delito de conducción temeraria, imponiéndole una pena de prisión de 8 meses. Sin embargo, la Audiencia Provincial ha admitido el recurso de la defensa y ha revocado la sentencia, absolviendo al acusado considerando que los hechos serían constitutivos de una multa administrativa.
Según la sentencia, que da por probados los hechos, estos tuvieron lugar el 1 de octubre de 2018, cuando el recurrente condujo por la avenida Prat de la Riba de Lleida haciendo un cambio de sentido antirreglamentario, saltándose la mediana que separa los dos carriles, de forma que invadió el carril contrario donde se concentraba una multitud de personas que iban a iniciar una manifestación, se paró y dio marcha atrás hasta el punto donde se hallaba la cabecera de la manifestación.
Entonces, condujo unos metros hacia delante, volvió a pararse, condujo nuevamente a escasos metros de la concentración, hasta que finalmente abandonó el lugar después de que varias personas le increparán.
La Audiencia avala que causó temor en los manifestantes, pero que solo supondría una multa
El juez del Penal basó la condena en el testimonio prestado por un agente de los Mossos d’Esquadra fuera de servicio que presenció los hechos y elaboró un atestado, así como el testimonio de cuatro personas más que se hallaban concentradas en la manifestación, y de cuyas declaraciones se desprende, según el fallo, que el acusado condujo “de forma antirreglamentaria, incluso podemos aseverar que se trató de una conducción temeraria que ocasionó un evidente temor y desasosiego a las personas que encabezaban la manifestación”.
Sin embargo, pese a que la Audiencia considera que la conducción temeraria del acusado “fue evidente” y que causó un temor en las personas allí concentradas, la actuación se enmarca en una multa administrativa, ya que aprecia los elementos suficientes para considerar que pusiera en riesgo la integridad física de los manifestantes.
Por ello, revoca la condena que le impuso el Juzgado de lo Penal por un delito de conducción temeraria a ocho meses de prisión, además de la retirada del carnet de conducir durante dos años, y le absuelve. La Fiscalía se opuso a la absolución.
Las claves
Invasión de carril. El conductor invadió un carril, dio marcha atrás y luego siguió hacia delante hasta pararse ante la cabecera de la protesta convocada en el primer aniversario del referéndum del 1-O.
Un mosso, testigo. Un agente fuera de servicio presenció los hechos e instruyó un atestado por conducción temeraria. En el juicio también declararon manifestantes. La Audiencia avala que la conducta es socialmente reprochable, pero que no puso en riesgo la integridad física de nadie.