Las novatadas y el plagio, motivos de expulsión de la universidad
El Consejo de Ministros aprobó ayer la ley de Convivencia Universitaria que sustituye al reglamento de disciplina académica, un decreto firmado por Franco en 1954. La nueva norma considera como falta muy grave las novatadas, el plagio de trabajos de fin de grado o máster y las tesis doctoral, así como el acoso sexual, que castiga con la expulsión de la universidad entre dos meses y tres años o bien con la pérdida de derechos de matrícula parcial durante un curso o semestre.
La discriminación, la falsificación documental, el incumplimiento de las normas de salud pública, la suplantación a un miembro de la comunidad universitaria, o impedir el correcto desarrollo de los procesos electorales de la universidad, también son consideradas faltas muy graves.
Asimismo, se tipifican como faltas graves apoderarse indebidamente del contenido de exámenes; deteriorar gravemente los bienes del patrimonio de la universidad; utilizar indebidamente contenidos y/o medios de reproducción y grabación de las actividades universitarias sujetas a derechos de propiedad intelectual; acceder sin autorización a los sistemas informáticos; falsear los resultados de un examen o trabajo; e impedir la celebración de actividades universitarias. La sanción prevista es la expulsión de hasta un mes de la universidad.
Además, considera faltas leves acceder indebidamente a instalaciones; utilizar los servicios universitarios incumpliendo los requisitos establecidos; y realizar actos que deterioren de forma no grave los bienes del patrimonio. En estos casos, la sanción consistirá en una amonestación privada.