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La justicia anula un recibo de la Plusvalía de 394.000 €

El Tribunal Superior concluye que la Paeria no tenía base legal para cobrarlo || Revoca la sentencia de un juzgado de Lleida

Vista de la sede del área económica de la Paeria.

Vista de la sede del área económica de la Paeria.SEGRE

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El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha estimado íntegramente el recurso presentado por la empresa Soluciones Urbanas contra el cobro por parte del ayuntamiento de Lleida de 394.922,59 euros en concepto del impuesto de Plusvalía por el traspaso de una finca a raíz de un procedimiento de ejecución hipotecaria por vía judicial. La sentencia, notificada hace unos meses, revoca la que había dictado el juzgado de lo contencioso de Lleida en mayo de 2021, que había dado la razón al ayuntamiento. El TSJC concluye que la sentencia previa era “contraria al ordenamiento jurídico”.

En sus argumentos, se basa en las sentencias del Tribunal Constitucional que declararon ilegales por confiscatorios la mayor parte de los puntos de la normativa que regulaba la Plusvalía (Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana). Así, indica que el método que aplicó en su momento el ayuntamiento para calcular este recibo “ha sido declarado inconstitucional y expulsado del ordenamiento jurídico”. En cambio, el juez de lo contencioso había dado inicialmente por bueno el recibo basándose en un peritaje que determinaba que el valor del suelo había aumentado desde que fue adquirido, en el año 2000, hasta que se traspasó, en 2015.

La sentencia del TSJC aún podía recurrirse ante el Supremo.

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