TRIBUNALES ABUSOS SEXUALES
Condenado a 7 años de prisión por violar a su cuñada discapacitada
El TSJC desestima el recurso del acusado y ratifica la sentencia de la Audiencia || La víctima dijo que la obligaba a tener relaciones sexuales cuando estaban solos
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha condenado a siete años de prisión a un vecino de Lleida por abusar sexualmente de su cuñada, de 33 años y que tiene una discapacidad del 75%. El TSJC ha ratificado la sentencia del pasado mes de noviembre de la Audiencia de Lleida y desestima el recurso presentado por la defensa, que alegaba que los hechos no se habían probado. Además de a la pena de cárcel, el acusado también ha sido condenado a otros cinco años de libertad vigilada una vez cumpla la pena de prisión, a que no pueda acercarse a menos de 200 metros de la víctima ni comunicarse con ella durante otros ocho años y a que la indemnice con 3.000 euros como autor de un delito continuado de abuso sexual a persona con discapacidad.
La sentencia no es firme y se puede recurrir ante el Tribunal Supremo. El TSJC, como ya hizo la Audiencia de Lleida, considera acreditados los abusos y da plena credibilidad a la denunciante, que en el juicio explicó que su cuñado la obligó a mantener relaciones sexuales cuando se encontraban solos en la vivienda que el acusado compartía con la hermana de la víctima durante el año 2019. Fue la propia víctima quien denunció los hechos, después de explicar los abusos a su psicóloga, que la acompañó a los Mossos d’Esquadra para presentar la denuncia.
Los psicólogos declararon que el relato de la joven era “creíble” y descartaron que pudiera fabular sobre lo ocurrido a causa de su discapacidad. También señalaron que sentía vergüenza, miedo y culpa por contar los hechos. El acusado, en un juicio que se celebró en dos sesiones entre septiembre y octubre del año pasado, negó los abusos aunque admitió haber mantenido relaciones sexuales con la víctima, pero dijo que estas habían sido consentidas.
Añadió que desconocía que la joven tuviera una discapacidad. Una versión que la Audiencia no se creyó y ahora el Tribunal Superior de Justicia, tampoco. Desde el 22 de julio de 2020 el condenado ya tenía una orden judicial que le prohibía acercarse o comunicarse con la víctima.