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SUCESOS TRIBUNALES

El TSJC anula una sentencia de la Audiencia de Lleida por violación

Señala que el informe de los psicólogos, que dieron credibilidad a la denunciante, no prueba la fiabilidad en personas adultas || La condena era de 6 años de prisión

Vista de la entrada a la Audiencia de Lleida en el Canyeret.

Vista de la entrada a la Audiencia de Lleida en el Canyeret.JORDI ECHEVARRIA

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El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha anulado una sentencia de la Audiencia de Lleida que condenó a seis años de prisión a un acusado de violación al considerar que no hay elementos suficientes para vulnerar la presunción de inocencia. La absolución se ha resuelto después de que la defensa del acusado, representado por el despacho Prats Advocats, presentara un recurso ante el TSJC, al que se adhirió la Fiscalía, que no presentó acusación. Al estimar el recurso, el tribunal revoca la condena y dicta la absolución.

Entre los motivos, señala que “se pone en cuestión de forma muy severa tanto la credibilidad como la ausencia de móvil espurio”. En este sentido, alega que el informe de los psicólogos del departamento de Justicia, que dieron credibilidad al relato de la denunciante sobre los hechos, no “está reconocido por la doctrina científica” cuando se trata de personas adultas. “Ha de ser totalmente descartado como elemento de corroboración de la fiabilidad”, destaca.

La sentencia ahora anulada es de octubre de 2021, cuando la Audiencia impuso seis años de prisión al acusado por un delito de violación, así como un periodo de libertad vigilada de cinco años y una orden de alejamiento respecto a la denunciante durante siete años. También impuso el pago de una indemnización de 15.000 euros. La sentencia ahora anulada había declaró probado que el procesado, que negó los hechos, y la denunciante habían mantenido relaciones de forma esporádica hasta que en el mes de abril de 2018 el procesado entró de madrugada por la fuerza en el domicilio de la mujer, donde la violó.

Sin embargo, el TSJC revoca este fallo al considerar que hay un “móvil espurio” ya que la denuncia, un año después de los hechos, coincidió con el conocimiento de que el acusado había tenido un hijo con su pareja y buscó a otras mujeres para que también denunciaran. Asimismo, señala que no hay pruebas suficientes para vulnerar la presunción de inocencia.

Cerca de 300 denuncias el año pasado por delitos sexuales

La comarcas de Lleida registraron el año pasado cerca de 300 denuncias por violencia sexual, según la última Memoria de la Fiscalía Concretamente, hubo 131 agresiones sexuales frente a las 76 de un año antes o 87 de 2019. En el caso de los abusos, hubo 123, cuando en 2020 fueron un centenar y 112 en 2019. El pasado 7 de octubre entró en vigor la ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, que elimina la distinción entre abuso y agresión y regula la necesidad del consentimiento expreso.

Con la ley ahora vigente, todos estos abusos pasarán a ser agresiones sexuales. La conocida como ley del “solo sí es sí” pone el consentimiento expreso como pieza clave para juzgar los delitos sexuales y las víctimas ya no tendrán que demostrar que han sufrido violencia o que se han resistido.

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