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TRIBUNALES SENTENCIA

Condenado por mirar por debajo de la puerta del baño de mujeres en la estación de tren de Lleida

Multa y orden de alejamiento de la víctima

Imagen de archivo de la fachada de la estación de tren de Lleida.

Imagen de archivo de la fachada de la estación de tren de Lleida.SEGRE

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La Audiencia de Lleida ha condenado a un hombre a una pena de multa por mirar por debajo de la puerta de un baño público mientras era utilizado por una mujer. Los hechos tuvieron lugar el pasado mes de mayo en los servicios de la estación de tren Lleida-Pirineus. El tribunal confirma la pena impuesta por el Juzgado de Instrucción 1 de Lleida, que condenó al acusado por un delito leve de coacciones al pago de una multa de 180 euros.

También le impone una orden de alejamiento respecto a la víctima, al que no podrá acercarse a una distancia inferior a 10 metros ni comunicarse con ella durante seis meses. Según la sentencia, ha quedado probado que, el día de los hechos, el condenado accedió a los lavabos de mujeres de la estación en Lleida, donde se encontraba la víctima, y miró por debajo de la puerta mientras ella estaba orinando.

El tribunal da plena credibilidad a la denunciante y ve contradicciones en la declaración del acusado, que en un primer momento dijo a la Policía que miró por debajo de la puerta para saber si el baño era de hombres o de mujeres y, después, durante el juicio, que lo hizo para recoger el paquete de tabaco que se le había caído al suelo y que por eso pasó su mano por debajo de la puerta.

La Audiencia enmarca los hechos en un delito de coacciones porque la conducta del acusado “afectó a la libertad de la víctima, imponiendo una presencia no querida y limitando su capacidad de autodeterminación, lo que sin duda afectó a su ánimo e intimidad”, tal y como señala la sentencia de instancia. De esta forma, el tribunal rechaza el recurso presentado por la defensa del acusado y confirma le pena, que es firme, ya que no cabe ningún recurso.

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