JUSTICIA TRIBUNALES
Tercera petición de reducción de pena por la ley del 'solo sí es sí'
La Audiencia de Lleida revisará la condena, sin aplicar rebaja de forma automática
La Audiencia de Lleida recibió ayer la tercera solicitud de revisión de condena desde la entrada en vigor de la llamada ley del ‘solo sí es sí’. Como en los dos anteriores casos, como avanzó SEGRE, el tribunal leridano revisará la condena y analizará qué margen penológico hay, sin aplicar la rebaja de forma automática. En el conjunto del Estado, ya son al menos 43 los procedimientos por violación en los que se ha reducido la pena (más información en la página 21).
No obstante, abogados y entidades feministas defienden como “necesaria” la reforma para aumentar la protección de las víctimas y apostar por la prevención, llamando a mirar más allá de la posible reducción de algunas penas centrándose en la reparación más que en la represión penal. Al respecto, desde la comisión de Derechos Humanos del Colegio de la Abogacía de Lleida señalaron a este periódico que las revisiones de sentencias en las que se han reducido las penas a condenados por delitos sexuales o, incluso, se han eliminado, se debe a tres razones. La primera es porque buena parte de los delitos contemplan penas inferiores para los mismos hechos, en algunos casos la pena mínima es menor y en otras, se reduce el límite máximo.
La segunda, la sitúan en la Constitución, que contempla la retroactividad de las leyes que favorezcan al reo, aunque haya sentencia firme. Por último, es que la ley no recoge un régimen transitorio que impida o limite sus efectos en el tiempo. Precisamente esta misma semana, el Supremo ha señalado que la nueva ley debe aplicarse en beneficio del condenado cuando fije una pena inferior a la que correspondería con la antigua, aunque descarta fijar una doctrina fija.
La distinción entre abuso y agresión sexual, eliminada
La ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual salió adelante a raíz de la polémica sentencia de La Manada que consideró abuso sexual la violación grupal a una joven en los Sanfermines. Establece que todo acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento es una agresión sexual. Contempla prisión de 1 a 4 años para el tipo básico de agresión sexual. Si hay penetración, la pena irá de los 4 a los 12 años y, en caso de agravantes, se castigará con penas de hasta 15 años.