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TRIBUNALES CÓDIGO PENAL

Dos peticiones más de reducción de pena por la ley del 'solo sí es sí'

La Audiencia de Lleida ha recibido esta semana estos nuevos casos y ya está analizando los tres primeros || No aplicará rebajas de forma automática

Marcha contra la violencia machista del pasado 25 de noviembre en Lleida.

Marcha contra la violencia machista del pasado 25 de noviembre en Lleida.JORDI ECHEVARRIA

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La Audiencia de Lleida ha recibido esta semana dos nuevas peticiones de abogados de agresores sexuales para que rebaje la condena de sus clientes en aplicación de la llamada ley del ‘solo sí es sí’, según informaron fuentes judiciales. De esta forma, ya son cinco las solicitudes que debe estudiar el tribunal después de las dos primeras que se recibieron a finales de noviembre, como avanzó SEGRE, una tercera que se incorporó la semana pasada y estas dos nuevas. El tribunal ha empezado a revisar las condenas, ya que no aplicará la rebaja de forma automática.

La ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual salió adelante a raíz de la polémica sentencia de La Manada que consideró abuso sexual la violación grupal a una joven en los Sanfermines del año 2016. Establece que todo acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento es una agresión sexual. Contempla prisión de uno a cuatro años para el tipo básico de agresión sexual.

Si hay penetración, la pena a imponer irá de los cuatro a los 12 años y, en caso de agravantes, se castigará con penas de hasta 15 años. En el conjunto del Estado, ya son más de medio centenar los procedimientos por violación en los que se ha reducido la pena. No obstante, abogados y entidades feministas defienden como “necesaria” la reforma para aumentar la protección de las víctimas y apostar por la prevención, llamando a mirar más allá de la posible reducción de algunas penas centrándose en la reparación más que en la represión penal.

Desde la comisión de Derechos Humanos del Colegio de la Abogacía de Lleida señalaron hace unos días a este periódico que las revisiones de sentencias en las que se han reducido las penas a condenados por delitos sexuales o incluso se han eliminado, se debe a tres razones. La primera es porque buena parte de los delitos contemplan penas inferiores para los mismos hechos, en algunos casos la pena mínima es menor y en otras, se reduce el límite máximo. La segunda, la sitúan en la Constitución, que contempla la retroactividad de las leyes que favorezcan al reo.

Por último, la ley no recoge un régimen transitorio que impida o limite sus efectos en el tiempo.

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