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Desestimado el recurso que obligó a parar el inicio de la reforma del Palau de Vidre

El Tribunal de Contratos avala la adjudicación de la Paeria a Romero Polo-Acsa || Dice que el procedimiento no vulneró la normativa ni incluyó puntuaciones arbitrarias, como sostenía una firma de arquitectos

Imagen virtual de cómo quedará el Palau de Vidre tras su rehabilitación, que acabará a finales de 2024.

Imagen virtual de cómo quedará el Palau de Vidre tras su rehabilitación, que acabará a finales de 2024.SEGRE

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El Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público ha avalado la adjudicación, por parte de la Paeria, de las obras de reforma integral del Palau de Vidre a la UTE Romero Polo-Acsa tras desestimar en su totalidad el recurso presentado por la firma de arquitectos Fabric Office, que redactó el proyecto de la otra oferta, de la empresa Cots i Claret. Esta resolución levanta la suspensión del proceso, que ha paralizado durante mes y medio los trámites para iniciar las obras. Ayer mismo, el alcalde firmó el decreto que permite reanudarlos.

El recurso se basaba en dos puntos. El primero solicitaba la anulación de todo el procedimiento argumentando que vulneraba la normativa que regula la composición del comité de expertos encargado de valorar los criterios subjetivos del concurso, un organismo obligatorio si, como sucede en este caso, la puntuación que se otorga a estos es mayor que la que conceden los de valoración automática. En concreto, sostenía por un lado que el pliego de cláusulas era irregular porque no incluía ni los integrantes de este comité ni detallaba el mecanismo a seguir para su designación.

Y por otro lado, que la resolución municipal que nombraba a sus miembros fue publicada cuando ya se había abierto el sobre de las ofertas técnicas de las dos licitantes. El segundo punto sostenía que el comité había valorado su oferta de forma abitraria.Sobre la primera cuestión, el tribunal concluye que el pliego de bases sí establece el procedimiento para designar a los miembros del comité. Asimismo, detalla que el 1 de febrero se publicó en el perfil del contratante del ayuntamiento el decreto del 31 de enero de nombramiento del comité de expertos, y que este asume íntegramente la propuesta efectuada por los técnicos municipales en un informe con fecha del 27 de enero.

En este punto, destaca que aunque la resolución se publicó dos días después de la apertura del sobre de las ofertas, los expertos son los que figuraban en el informe previo, que se emitió antes de que tuviera lugar la apertura. Añade que la resolución se difundió a través del perfil del contratante. Sobre la segunda, el tribunal señala que, una vez analizadas las valoraciones efectuadas por los expertos a cada oferta no se observa que sean arbitrarias.

Al contrario, afirma que “se aprecian las razones por las cuales se atribuyó una puntuación diferente a las dos propuestas” y que es “una valoración razonable, proporcional y ajustada” a los pliegos de las bases. La previsión es que la reforma esté lista a finales de 2024.

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