VIOLENCIA MACHISTA
Condenan a 1 año y medio de cárcel al acusado de hacer tocamientos a su compañera de piso en Lleida
La joven declaró en el juicio que el hombre abusó de ella y también la lesionó levemente
La Audiencia de Lleida ha condenado a 1 año y 6 meses de prisión al acusado de hacer tocamientos y lesionar levemente a una joven con quien había empezado a compartir piso en Lleida en octubre del 2020. También le impone un año de libertad vigilada, la prohibición de acercarse a menos de 100 metros de la víctima durante 3 años así como una indemnización de 2.090 euros.
El juicio se celebró el pasado 6 de noviembre en la Audiencia. Entonces, la fiscalía y la acusación particular solicitaron para el acusado una condena de 3 años de prisión por un delito de agresión sexual y un delito leve de lesiones. En cambio, la defensa pidió la absolución.
En la vista, la joven declaró que, el día de los hechos, se encontraba en su habitación cuando el acusado entró y la empujó violentamente sobre la cama y, después de sujetarle los brazos, le tocó los pechos y los genitales. Por su parte, el hombre negó los hechos y dijo que sería incapaz de hacerlo.
En este sentido, la fiscalía y la acusación particular consideraron que la declaración de la joven coincidía "sin ningún tipo de contracción" con la que ofreció durante la fase de instrucción del caso y denotaban que "aquella vivencia la ha impregnado y causado un malestar" así como la "sensación de haber sido agredida". Además, la fiscal y la acusación particular defendieron que el relato de la víctima se sustentaba con otras pruebas periféricas, como los mensajes de WhatsApp que el acusado envió a la denunciante, la declaración de uno de los testigos o los informes médicos.
Por su parte, la defensa pidió la absolución para el acusado porque consideraba que este mantuvo su versión de los hechos a lo largo de todo el proceso judicial y, en cambio, el relato de la mujer no era creíble. Además, el abogado defensor señaló que los hechos no habían quedado acreditados.
La sentencia también impide al acusado ejercer cualquier actividad o profesión que comporte contacto con menores durante 3 años y cinco meses.