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LEGISLACIÓN NORMATIVA

La ley para evitar trámites con exceso de burocracia y documentación se incumple en Lleida de forma sistemática

Una ley de 2015 determina que los ciudadanos que efectúen trámites no están obligados a aportar documentos que ya están en poder de las administraciones, como un certificado del padrón, pero se incumple de manera sistemática | Así lo corroboran la OMAC y entidades como Aspid y Allem

Ciutadans a la sala d’espera de l’Oficina Municipal d’Atenció Ciutadana (OMAC), aquesta setmana.

Ciudadanos en la sala de espera de la Oficina Municipal de Atención Ciudadana (OMAC), esta semana. - S.E.

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En 2016 entró en vigor una ley promulgada el 1 de octubre del año anterior que actualizaba la normativa sobre el procedimiento administrativo con el objetivo, entre otros, de facilitar a la ciudadanía efectuar trámites sin tener que aportar documentación que ya están en poder de las administraciones. El artículo 28 de esta ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en su apartado 2, indica el derecho del interesado a no presentar documentos que hayan sido elaborados por cualquier administración y añade que deberán ser estas las que recaben directamente la documentación a través de consultas online entre ellas. También lo corrobora el artículo 53, que dice que “los interesados tienen el derecho a no presentar ni datos ni documentos que ya estén en poder de las administraciones públicas”.

Esa es la teoría, pero la práctica, siete años después de entrar en vigor esta ley, está muy alejada de esta realidad y son los ciudadanos los que deben recorrer las administraciones para obtener certificados de empadronamiento o de discapacidad, por ejemplo, que les requieren otras administraciones para efectuar cualquier trámite. 

Así lo constata la Oficina Municipal de Atención Ciudadana de Lleida (OMAC), donde cada día acuden decenas de ciudadanos para solicitar certificados que serían innecesarios si se cumpliera la ley. También lo corroboran entidades relacionadas con personas discapacitadas, que detallan que este incumplimiento afecta tanto a personas físicas como jurídicas. Bibiana Bendicho, de Aspid, explica que se encuentran con situaciones tan surrealistas como que el departamento de Trabajo de la Generalitat les requiere que presenten documentos que emite el departamento de Asuntos Sociales de la misma administración. Desde la Federació Allem certifican que el exceso de burocracia por este motivo les afecta sobremanera y apuntan que “las únicas administraciones que cruzan datos son la Seguridad Social y Hacienda”.

César Cierco, catedrático de Derecho Administrativo y director del departamento de Derecho de la Universitat de Lleida (UdL), afirma que el derecho a no aportar documentos se incorporó “con la idea de simplificar los trámites” y considera que en estos años “se ha avanzado, pero aún queda bastante por hacer”. Cree que “no es tanto un problema de voluntad, sino de tecnología de las administraciones”, y señala que hay una gran “desigualdad tecnológica” entre ellas, especialmente entre las más pequeñas, como los ayuntamientos de municipios de pocos habitantes, y las mayores. 

Aunque precisa que conoce más la teoría que la práctica sobre esta ley, tiene constancia de que en ocasiones las administraciones piden al ciudadano “cosas que no deberían”. Ahora bien, también avisa de que, por ejemplo, el hecho de que la ley implique que no hay que pedir el título de familia numerosa al ciudadano, ello no comporta que este no deba tenerlo. 

Otra novedad que introdujo esta ley es la posibilidad de que el ciudadano pueda presentar un documento dirigido a una administración en cualquier registro de otra administración y también en las oficinas de Correos. Es una disposición equivalente a una ventanilla única de las administraciones, aunque no se denomine así. Cierco indica que está pensada para evitar desplazamientos innecesarios y en este caso cree que está funcionando bien, a diferencia de lo que sucede con la solicitud de documentos.

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