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ECONOMÍA SOCIAL

Entra en vigor el tope al alquiler en diez municipios leridanos y otros 130 catalanes

Grandes tenedores y pisos no alquilados en 5 años deben ceñirse al índice fijado para cada vivienda

Imatge aèria d’arxiu de la ciutat.

Imagen aérea de archivo de la ciudad. - SEGRE

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La regulación de los precios del alquiler entra en vigor hoy en diez municipios leridanos (Lleida, Balaguer, Mollerussa, Tàrrega, Cervera, Guissona, Solsona, La Seu d’Urgell, Tremp y Sort) y otros 130 de toda Catalunya, después de que la declaración de las áreas tensionadas propuestas por la Generalitat se publicara ayer en el Boletín Oficial del Estado (BOE) junto con el índice estatal de precios del ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.

La regulación sirve para los contratos firmados a partir de hoy. Con carácter general, el precio del nuevo contrato no puede superar el del vigente en los últimos cinco años, una vez aplicada la cláusula de actualización anual. Si es propiedad de un gran tenedor (titular de 5 viviendas o más), o bien el piso no ha sido alquilado en los últimos 5 años o se arrienda por primera vez, tampoco puede superar el precio del índice estatal de referencia del precio del alquiler, por lo que se aplica una doble limitación y siempre prevalece el precio más bajo. Los propietarios deben indicar, antes de formalizar el contrato, el precio del último . Esta información también debe constar en el propio documento. No hacérsela constar se considera una infracción.

El índice de referencia del precio es un indicador de consulta pública que proporciona una estimación del precio del alquiler de una vivienda con unas características definidas. Ofrece un precio máximo y un baremo mínimo para cada vivienda en función de su ubicación, superficie, certificado de consumo energético, año de construcción, estado de conservación, altura del piso o disponibilidad de ascensor, entre otros. La Generalitat defiende la “combinación de los índices español y catalán como la fórmula más efectiva para frenar los precios del alquiler”.

Aunque la norma no contempla un régimen sancionador, los usuarios podrán alertar de su no aplicación a la Agència Catalana del Consum. El Sindicat de Llogaters exige a la Generalitat un régimen sancionador.

La Val d’Aran, ajena a la norma

La Val d’Aran ha quedado fuera de la lista de municipios con el mercado inmobiliario tensionado, pese a la fuerte subida de los precios del alquiler en el último año y que solo el 39% de las viviendas son habituales, según el Conselh Generau d’Aran. El gobierno aranés reclamará al Gobierno central que los municipios del valle puedan entrar en la lista.

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