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LLEIDA

Condenado a 9 años de cárcel por violar y abusar de su hija de 11 años

El Tribunal Supremo confirma la sentencia de la Audiencia al dar credibilidad de la niña

Los hechos tuvieron lugar durante más de un año en la vivienda familiar

El condemnat (a l’esquerra), en el judici que es va celebrar el març del 2022 a l’Audiència de Lleida.

El condenado (a la izquierda), en el juicio que se celebró en marzo de 2022 en la Audiencia de Lleida. - SEGRE

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El Tribunal Supremo ha condenado a nueve años de prisión a un vecino de Lleida por violar y abusar sexualmente de su hija cuando esta tenía solo 11 años. El alto tribunal confirma la pena impuesta en primera instancia por la Audiencia de Lleida, ya ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, al valorar la credibilidad del relato de la niña, cuya declaración considera prueba de cargo suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia.

Además de la pena de prisión, el Supremo confirma ocho años de libertad vigilada tras la pena de cárcel, una orden de alejamiento de 200 metros y la prohibición de comunicarse con su hija durante 10 años, la retirada de la patria potestad y que pague una indemnización de 20.000 euros por los daños morales causados. El hombre, condenado por un delito continuado de agresión sexual a menor de 16 años, tampoco podrá trabajar durante 12 años en puestos que conlleven un contacto con niños menores. Según la sentencia, ha quedado acreditado que los hechos tuvieron lugar entre enero de 2018 y agosto de 2019, sobre todo durante los fines de semana, cuando el condenado aprovechaba que su mujer salía de casa para ir a trabajar cuidando a una anciana para abusar de su hija. Y para ello utilizaba la fuerza y la intimidación, remarca el Supremo, ya que la cogía de los brazos, de las manos y de las piernas para obligarla a mantener contactos sexuales a pesar de que la víctima le decía que no e intentaba zafarse del agresor sin conseguirlo. Asimismo, el tribunal señala que, cuando acababa de abusar de la niña, el padre le decía “que no debía permitir que otros chicos le hicieran lo que le había hecho él”. Además de la declaración de la menor, que para el Supremo es “creíble, objetivamente verosímil y convincente, además de persistente y corroborada por otras fuentes de prueba”, el informe psicológico concluyó que las alteraciones que tenía la menor estarían relacionados con la situación abusiva padecida. También tiene en cuenta el tribunal la declaración de la madre de la niña, que dijo que el acusado, cuando le preguntó por lo sucedido, “vino a reconocerlo, bajando la cabeza, diciendo que no sabía lo que hacía, que estaba fuera de sí y pidió perdón”. En la misma línea, declaró una tía abuela de la niña, a la que le contó los abusos cuando se fue de vacaciones a Madrid en agosto de 2019. Sin embargo, el acusado negó los hechos durante la vista oral y presentó recurso al considerar que no hubo violencia, aunque el Supremo lo considera acreditado. La sentencia es firme y ya no cabe recurso.

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