TRIBUNALES SENTENCIAS
Un banco deberá devolver 56.000 euros de intereses
Una jueza de Lleida dice que proporcionó información engañosa
Anula una hipoteca en un fallo pionero en el Estado
El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Lleid ha declarado la nulidad de una hipoteca y ha establecido que las entidades financieras que proporcionen información engañosa sobre el coste financiero de un préstamo hipotecario perderán el derecho a percibir intereses. Esta sentencia pionera en el Estado, que aplica la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre las clausulas no trasparentes, podría tener un impacto significativo en futuros litigios relacionados con hipotecas y préstamos bancarios. El caso fue llevado por el despacho Repara tu Deuda Abogados contra el banco Bankinter. La demanda solicitaba la nulidad de las cláusulas relativas al coste financiero de un contrato de préstamo hipotecario firmado en marzo de 2008. Según la parte demandante, Bankinter manipuló la información sobre la Tasa Anual Equipavalente, presentando una tasa engañosa y omitiendo información esencial que representaba más del 80% del precio real del préstamo. La jueza del juzgado leridano determinó que la TAE indicada en el contrato (1,85%) no era transparente ni reflejaba el coste real del crédito. Según explica Repara tu Deuda Abogados, el fallo concluyó que la información proporcionada por el banco no permitía al consumidor comprender plenamente la carga económica y jurídica del contrato. La sentencia aplicó la doctrina del TJUE que determina que las cláusulas no trasparentes deben ser declaradas nulas y los contratos deben ser redactados con claridad, concreción y sencillez para ser comprensibles para el consumidor. Además, cualquier engaño sobre el precio del contrato conlleva la nulidad del mismo y la prohibición del banco de percibir intereses. El fallo sigue rigurosamente estas directrices y declara la nulidad del contrato hipotecario, lo que implica que Bankinter deberá devolver al demandante todos los intereses pagados, más de 56.266€, además de los intereses legales correspondientes. El demandante solo tendrá que devolver el capital prestado sin intereses, permitiéndole quedar libre de deuda 9 años antes de lo previsto en la hipoteca.