Aplican la ley de amnistía al agente de la policía española procesado por el caso de Enric Sirvent el 1-O en Lleida
Acusación particular y popular se oponían y recuerdan que el hombre sufrió un ataque cardiaco por la actuación policial
La Audiencia de Lleida ha aplicado la ley de amnistía y ha archivado el procedimiento abierto al agente de la policía española procesado por el caso de Enric Sirvent. En concreto, el policía estaba procesado por un delito de lesiones después de que Sirvent sufriera un ataque cardiaco durante la actuación policial la jornada del 1 de octubre de 2017 en el centro de votación del barrio de la Mariola. La acusación particular, que ejerce la familia de Sirvent, y la acusación popular, a cargo de Òmnium Cultural, se oponían a aplicar la amnistía al agente. La resolución no es firme y se puede interponer un recurso de súplica en un plazo de tres días.
En su resolución, la Audiencia de Lleida consideró que el delito de lesiones por el que está procesado el agente de policía puede amnistiarse porque tiene su "encaje natural" en la ley. En concreto, el tribunal justifica su decisión en el apartado que detalla que quedan amnistiadas "las acciones realizadas durante las actuaciones policiales para dificultar o impedir los actos de responsabilidad penal o administrativa" en el marco del referendo del 1-O. Asimismo, indicó que la conducta del agente no puede ser calificada de "tortura o trato degradante" y tampoco aprecia las motivaciones descritas en el artículo 2d de la ley, que hacen referencia a la imposibilidad de amnistiar las acciones relacionadas con motivos racistas, creencias de la víctima, entre otros.
En este sentido, las acusaciones señalan en su escrito de alegaciones que el agente propinó una patada en los genitales de Sirvent, lo que le provocó un paro cardiorrespiratorio con diagnóstico de muerte súbita -aunque se' y pudo reanimarse entre otras lesiones. A consecuencia de los hechos, necesitó tratamiento médico y quirúrgico, siendo necesarios 314 días para estabilizarse completamente, 17 de los cuales estuvo ingresado, y le quedó como secuela una insuficiencia cardíaca.
Por todo ello, la acusación particular, que ejerce la abogada Anna Llauradó en representación de la familia de Sirvent, manifestaba en su escrito que la actuación policial "no tiene encaje" en los supuestos que contempla la amnistía porque la conducta del agente no obedeció a los propósitos que tenía el cuerpo para el 1-O y superó el "umbral mínimo de gravedad" exigido para que se le aplique la ley. Además, en relación con el artículo 2d, esgrimía también el agravante de que el procesado actuó por motivación ideológica, ya que, "según se recoge en documentación del caso, el acusado profirió expresiones como puta Catalunya, entre otras" . La acusación popular, a cargo de Òmnium Popular, redactó sus alegaciones en la misma línea.
Por último, la Audiencia señala que el listado de delitos o causas que pueden ser amnistiadas dejan claro "el espíritu de esta ley cuando prevé la extensión de la amnistía a las acciones delictivas que podrían haberse ejecutado en defensa de la legalidad y del orden constitucional".
Sin embargo, dicta el sobreseimiento libre y el archivo del proceso contra el agente, aunque recuerda a la parte perjudicada que puede reclamar posibles daños y perjuicios. Por otra parte, puntualiza que la resolución no es firme y que puede interponerse un recurso de súplica en el plazo de tres días.