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TRIBUNALES SENTENCIA

Otorgan el complemento de maternidad a otro jubilado leridano

El TSJC revoca el veto de la Seguridad Social al recordar que este derecho no prescribe

Ya ha dictado otras sentencias

Vista de la sede de la Seguridad Social en Lleida. - SEGRE

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El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) concede el complemento de maternidad a otro jubilado leridano al que la Seguridad Social le denegaba este derecho asegurando que su petición había prescrito. Como ya ha hecho en otras sentencias que han beneficiado a jubilados de las comarcas leridanas, el TSJC confirma el fallo emitido en primera instancia por el Juzgado de lo Social 1 de Lleida, que ya reconoció este derecho al demandante. Rechaza así el recurso presentado por la Seguridad Social, que alegaba que la petición, que se hizo en 2022, estaba fuera de plazo, ya que la jubilación se había iniciado en 2016.

Sin embargo, el tribunal recuerda la unificación de doctrina que hizo este año el Tribunal Supremo, en la que estableció la no prescripción del derecho de un trabajador a cobrar en su pensión de jubilación el complemento de maternidad pese a solicitarlo cinco años después de que le fuera concedida su pensión. De esta forma, el TSJC reconoce al jubilado leridano, de 69 años y con dos hijos, su derecho a percibir un complemento del 5% desde noviembre de 2016. Inicialmente, este complemento por aportación demográfica, puesto en marcha en 2015, solo podían percibirlo las mujeres. 

Sin embargo, en diciembre de 2019, el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TJUE) declaró que también debían cobrarlo los hombres al considerar que su exclusión era discriminatoria. Entonces, el complemento por aportación demográfica fue reformado y cambió su denominación a complemento para la reducción de la brecha de género. A 1 de junio de 2024, según los datos del ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, había un total de 7.529 pensiones de jubilación en las comarcas leridanas que contaban con este complemento, un 46% más respecto al mismo periodo del año pasado. A nivel estatal, solo el 10% de los beneficiarios son hombres. En los últimos meses, los tribunales leridanos y el TSJC han dictado varias sentencias reconociendo este derecho.

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