LLEIDA
Dejan libre a un penado a 18 años por abusos a tres chicas
La Audiencia alega que el acusado ha recurrido la sentencia y colabora con la Justicia. Dos niñas acogidas y su hijastra
La Audiencia de Lleida acordó ayer mantener en situación de libertad provisional al vecino de Coll de Nargó al que hace unos meses condenó a 18 años de cárcel por agredir y abusar sexualmente de tres chicas menores de edad, dos adolescentes acogidas y la hija de su expareja. La acusación particular solicitó ante la Audiencia –la Fiscalía se adhirió– su ingreso en prisión alegando que existía un riesgo de que el acusado pudiera atentar contra bienes de las víctimas y para evitar que se acercara a ellas. En cambio, la defensa de opuso. Enric Rubio, de Rubio Legal, nuevo abogado defensor del acusado tras el fallo del tribunal leridano, se opuso a su encarcelamiento argumentando que la condena todavía no es ejecutable porque han presentado un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) que ya ha sido admitido a trámite.
La Audiencia analizó el caso tras la vista del martes y ayer emitió un auto en el que mantiene la situación de libertad provisional para J.R.C con las medidas cautelares adoptadas en fase instrucción –como las órdenes de alejamiento–. El tribunal razona que “consta acreditado que el acusado tiene arraigo social y familiar suficiente, domicilio conocido y un evidente ánimo de no obstaculizar ni impedir el normal funcionamiento de la Administración de Justicia”. Añade que se ha presentado cuando ha sido requerido y está cumpliendo las medidas cautelares. Así, determina que “la prisión provisional tiene un carácter excepcional” y que prevale el derecho a la libertad y a la presunción de inocencia, por lo que “la solución no puede ser otra que la de esperar la resolución del recurso interpuesto”.
Los hechos se remontan a 2020, cuando el acusado, que siempre ha negado los cargos, había roto relaciones con su pareja después de siete años de convivencia en Gavarra, núcleo de Coll de Nargó. Los abusos se produjeron principalmente, según la sentencia, durante los trayectos escolares, cuando J.R.C. transportaba a las menores en su vehículo.