TRIBUNALES HERENCIA
Condenada a abonar 69.085 euros a su hermana de una herencia
La Audiencia revoca la sentencia de Primera Instancia y da la razón a la demandante
La sección Civil de la Audiencia de Lleida ha condenado a una leridana a abonar la cantidad de 69.085 euros a una hermana correspondiente a legítima de la herencia de su padre. El tribunal revoca la sentencia del juzgado de Primera Instancia número 2 de Lleida, que absolvió a la demandada, y da la razón a la demandante, representada por Xavier Prats, de Prats Advocats.
La legítima es la porción de la herencia que la ley reserva específicamente para ciertos herederos, generalmente los hijos e hijas y en algunas situaciones el cónyuge o los progenitores. Esta reserva legal se establece con el objetivo de evitar situaciones injustas y desequilibradas en la distribución de los bienes de una persona fallecida. Aunque el testamento es un documento que sirve para expresar deseos después del fallecimiento, la legítima tiene un propósito más profundo: proteger los derechos básicos de aquellos herederos que, por lazos familiares directos, tienen una reivindicación legítima sobre la herencia. En este caso, la afectada decidió demandar a su hermana ante la justicia solicitando percibir el complemento de la legítima en relación a la sucesión del padre de ambas litigantes, fallecido en 2007.
El hombre había hecho testamento en febrero de 1996. En el documento, instituyó heredera universal a la demandada, dejó el usufructo universal de todos sus bienes a su esposa y no hizo ninguna disposición a favor de la actora ni de otra hija, al indicar textualmente que “ya tienen recibido en vida del testador todo lo que les pueda corresponder por su herencia”. Sin embargo, la actora ha sostenido en el proceso, que esta última indicación “fue del todo vacía de contenido” y alegó que la demandada reconoció en un procedimiento de conciliación con la tercera hermana un acuerdo por el que se fijó la legítima de esta tercera hermana de 68.000 euros.
El tribunal ha analizado el caso, da la razón a la demandante, tumba la sentencia anterior y fija el pago de la legítima. Así, condena a su hermana a abonarle 69.085 euros, más los intereses desde la presentación de la demanda, en concepto de suplemento de legítima. “A mi clienta la justicia le ha reconocido que tenía derecho y le han tenido que abonar 110.000 euros con las costas e intereses”, afirmó Xavier Prats.